Resolución de 11 de noviembre de 2014, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo, por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2014-12461
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el título III, capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado.

Esta Presidencia acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se detalla en el anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca por la presente Resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, al Sr. Presidente del Consejo Superior de Deportes (Dirección General de Deportes), calle de Martín Fierro, 5, 28040 Madrid, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.

Además de los datos personales, número de registro de personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud un currículo vitae, en el que se harán constar:

  1. Títulos académicos.

  2. Puestos de trabajo desempeñados.

  3. Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno poner de manifiesto.

A la citada solicitud, los aspirantes podrán acompañar, en todo caso, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.

Cuarta.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de...

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