RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2005, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa de derechos de examen prevista en el artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, respecto de pruebas selectivas de acceso a cuerpos especiales convocadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Abril de 2005
MarginalBOE-A-2005-6499
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2005, de la SubsecretarÃa, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vÃa telemática de la tasa de derechos de examen prevista en el artÃculo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, respecto de pruebas selectivas de acceso a cuerpos especiales convocadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El artÃculo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificado por las Leyes 50/1998, de 30 de diciembre y 55/1999, de 29 de diciembre, regula la tasa por derechos de examen aplicable como consecuencia de la participación como aspirantes en pruebas selectivas de acceso o promoción a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorÃas de personal laboral convocadas por la Administración Pública estatal, produciéndose el devengo de dicha tasa en el momento de la solicitud de inscripción en las mencionadas pruebas selectivas.

Por otra parte, el artÃculo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones Públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones.

Tal previsión ha sido desarrollada por los Reales Decretos 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, y 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen de las oficinas de Registro.

Ambos Reales Decretos han sido modificados y adaptados por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, asà como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos, y por la Orden PRE/1551/2003, de 10 de junio, que desarrolla su disposición final primera, relativa a los requisitos técnicos de los registros y notificaciones telemáticas y prestación del servicio de dirección electrónica única.

Por último, la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, establece los supuestos y las condiciones generales para el pago por vÃa telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La Disposición Tercera de dicha Orden establece que la regulación del pago telemático de las tasas gestionadas por cada Departamento Ministerial, se realizará por Resolución del Subsecretario de dicho Departamento, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en la citada Orden HAC/729/2003, previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y valoración técnica del Departamento de Informática de la Agencia Tributaria.

En consecuencia, al objeto de poder llevar a cabo la presentación de la autoliquidación y pago de la tasa por medios telemáticos, de acuerdo con lo previsto en el apartado Tercero de la Orden HAC/729/2003, y previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dispongo:

Primero. Objeto.ÂLa presente Resolución tiene por objeto establecer el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vÃa telemática de las tasas por derechos de examen en la solicitud de inscripción a pruebas selectivas de ingreso en Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorÃas de personal laboral convocadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Segundo. Sujetos pasivos.ÂLos sujetos pasivos que pueden efectuar el pago de esta tasa, por los medios telemáticos aquà descritos, son los aspirantes en pruebas selectivas de acceso o promoción a Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorÃas de personal laboral convocadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR