RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 1999, de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, por la que se hace pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación.

MarginalBOE-A-1999-9320
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

La Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y el artículo 17

del Real Decreto 176/1998, de 16 de febrero, por el que se

aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Correos y

Telégrafos, y previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para el

ingreso en el Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación

con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir doscientas

    plazas en el Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación

    en la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, por el

    sistema de promoción interna previsto en el artículo 22 de la

    Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por las Leyes 23/1988,

    de 28 de julio; 22/1993, de 29 de diciembre, y 42/1994,

    de 30 de diciembre, para la especialidad Postal y Telegráfica.

    1.1.1 Del total de plazas se reservará un 3 por 100 para

    ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas

    con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33

    por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena

    de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley

    de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Este cupo

    de reserva asciende a seis plazas.

    En el supuesto de que éstas no sean cubiertas se acumularán

    al resto de las plazas.

    1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación

    la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

    de la Función Pública, modificada por las Leyes 23/1988, de 28

    de julio; 22/1993, de 29 de diciembre, y 42/1994, de 30 de

    diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 marzo; el Real

    Decreto 1638/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el

    Reglamento del Personal al Servicio del Organismo Autónomo Correos

    y Telégrafos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

    Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

    Administrativo Común, y las bases de esta convocatoria.

    1.3 La adjudicación de plazas a los aspirantes que superen

    el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

    total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso selectivo,

    siempre que reúnan las condiciones de adecuación para el

    desempeño de las mismas.

    Las plazas ofrecidas serán, mayoritariamente, puestos de 1.ª

    y 2.ª línea de responsabilidad en la estructura periférica de Correos

    y Telégrafos.

    1.4 El procedimiento de selección constará de las siguientes

    fases: Concurso y oposición.

    1.5 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

    eliminatorio, se valorarán conforme a lo establecido en la base 7, los

    servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de esta

    convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" en los Cuerpos

    Ejecutivo Postal y de Telecomunicación y de Técnicos

    Especializados, señalados en la Orden del Ministerio de Administraciones

    Públicas de 17 de noviembre de 1989 ("Boletín Oficial del Estado"

    número 287, del 30), que regula el acceso mediante promoción

    interna al Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación.

    Asimismo, se valorarán los servicios efectivos previos reconocidos

    en dichos Cuerpos al amparo de lo dispuesto en la ley 70/1978,

    de 26 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero

    de 1979), hasta la fecha de finalización del plazo de presentación

    de solicitudes.

    Igualmente se valorará el nivel de complemento de destino

    del puesto de trabajo que se desempeñe con carácter definitivo

    y el grado personal consolidado, ambos referidos a la fecha de

    finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    La puntuación resultante de estas valoraciones no podrá ser

    aplicada para superar los ejercicios de que consta la fase de

    oposición.

    La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de

    concurso se hará pública al mismo tiempo y en los mismos lugares

    que la correspondiente al segundo ejercicio de la oposición y sólo

    referido a aquellos aspirantes que lo hayan superado.

    1.6 La fase de oposición consistirá en las pruebas, valoración

    y materias que se especifican en el anexo II.

    1.7 Los tribunales adoptarán las medidas oportunas para

    garantizar que el primer ejercicio de la fase de oposición sea

    corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Los

    Tribunales excluirán a aquellos opositores en cuyas hojas de examen

    figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer

    de la identidad de los mismos.

    1.8 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

    el que figura como anexo III de esta convocatoria.

    1.9 El primer ejercicio de la fase de oposición no comenzará

    antes del mes de junio de 1999.

    1.10 El primer ejercicio de esta convocatoria se celebrará en

    Madrid. Si el número de solicitudes lo justificara, podría celebrarse

    en las sedes de las Direcciones Territoriales de Correos y

    Telégrafos, así como en Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife y Palma

    de Mallorca. El segundo ejercicio de esta convocatoria se celebrará

    en Madrid.

  2. Requisitos de los aspirantes

    2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

    selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    2.1.1 Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado

    miembro de la Unión Europea.

    2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

    alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

    de Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico

    o equivalente. Los estudios realizados en centros españoles no

    estatales o en el extranjero deberán estar homologados.

    2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

    física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

    correspondientes funciones.

    Los aspirantes que accedan por el "cupo de reserva para

    discapacitados" deberán tener acreditado el grado de discapacidad

    igual o superior al 33 por 100.

    2.1.5 No haber sido separado ni despedido, mediante

    expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

    Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

    las funciones públicas.

    2.1.6 Pertenecer al Cuerpo Ejecutivo Postal y de

    Telecomunicación o al Cuerpo de Técnicos Especializados, señalados en

    la Orden del Ministerio de Administraciones Públicas de 17 de

    noviembre de 1989 ("Boletín Oficial del Estado" número 287,

    del 30), que regula el acceso mediante promoción interna al

    Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación.

    2.1.7 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

    efectivos prestados en alguno de los Cuerpos a que pertenece el

    funcionario de entre los que menciona la citada Orden de 17 de

    noviembre de 1989. Los servicios reconocidos al amparo de la

    Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos

    indicados, serán computables a efectos de antigüedad para participar

    por promoción interna en estas pruebas selectivas.

    2.2 Los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán

    poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de

    instancias y gozar de los mismos hasta la toma de posesión como

    funcionarios de carrera.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

    deberán hacerlo constar en instancia que, en todo caso, se ajustará

    al modelo oficial (anexo I de esta convocatoria), debiendo figurar

    en el margen superior izquierdo "Ministerio de Fomento", Entidad

    Pública Empresarial Correos y Telégrafos, que será facilitada en

    Las Jefaturas Provinciales de Correos y Telégrafos, en Ceuta,

    Melilla y en las Administraciones de Correos y Telégrafos de Gijón,

    Santiago y Vigo.

    Los aspirantes deberán presentar, cosida a su solicitud,

    certificación expedida por los Servicios de Personal de las Jefaturas

    Provinciales de Correos y Telégrafos, Ministerios u organismos,

    donde hayan prestado o presten sus servicios (según modelo que

    figura como anexo IV a esta convocatoria), en la que se contenga

    mención expresa de la antigüedad referida al día de la publicación

    de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", así como

    de los extremos relacionados con la valoración de los méritos

    de la fase de concurso.

    3.2 En la tramitación de sus solicitudes los aspirantes tendrán

    en cuenta:

    3.2.1 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se

    dirigirán al Consejero-Director general de la Entidad Pública

    Empresarial Correos y Telégrafos.

    A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento

    nacional de identidad.

    3.2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte

    días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación

    de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

    3.2.3 La presentación de solicitudes (ejemplar para el órgano

    convocante, hoja número 1), podrá hacerse por correo certificado

    al Servicio de Selección de la Subdirección de Gestión de Personal

    de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos (calle

    Aduana, 27-29, planta 4.ª , 28070 Madrid), o a través de las restantes

    formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico

    de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

    Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 ("Boletín Oficial del

    Estado" del 27).

    Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

    Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

    por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

    3.3 Las tasas por derechos de examen serán de 1.500

    pesetas y se ingresarán en la cuenta...

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