RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados cada dos años.

MarginalBOE-A-2005-8837
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2005, de la SubsecretarÃa, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de EstadÃstica y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados cada dos años.

La Presidenta del Instituto Nacional de EstadÃstica y el Director General de Cooperación Local han dictado, de forma conjunta con fecha 28 de abril de 2005, una Resolución por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

Para general conocimiento se dispone su publicación como Anejo a la presente Resolución.

Madrid, 26 de mayo de 2005.-El Subsecretario, Luis Herrero Juan.

ANEJO

Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidenta del Instituto Nacional de EstadÃstica y del Director General de Cooperación Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años

La Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, ha introducido una modificación en el artÃculo 16 de la Ley 7/1985 que establece la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el Padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación.

Aunque esta previsión no resuelve totalmente la laguna existente en la gestión de los Padrones municipales, en relación con los extranjeros que abandonan España y que permanecen inscritos en los mismos porque no existe posibilidad de contraste con otro Padrón del paÃs de destino para generar su baja automática, como sucede con los españoles que se trasladan al...

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