RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2000, de la Secretaría General de Educación, Ciencia y Tecnología, por la que se convoca concurso de traslado y procesos previos en el Cuerpo de Maestros para cubrir puestos vacantes en centros públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Educación de Adultos, dependientes del ámbito de gestión de esta Consejería.

MarginalBOE-A-2000-18870
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorComunidad Autónoma de Extremadura
Rango de LeyResolución
36104 Viernes 20 octubre 2000 BOE núm. 252
que por estas convocatorias se dispone; se ordenará la publicación
de vacantes que corresponda, se adjudicarán provisionalmente
los destinos, concediéndose un plazo para reclamaciones y desis-
timientos, y, por último se elevarán a definitivos los nombramien-
tos, resolviéndose aquéllos por la misma resolución, que será obje-
to de publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», y por la que
se entenderán notificados a todos los efectos los concursantes
a quienes afecten.
Trigésima primera.—Los destinos adjudicados en la resolución
definitiva de las convocatorias serán irrenunciables.
Trigésima segunda.—La toma de posesión del nuevo destino
tendrá lugar el primer día de septiembre de 2001, cesando en
el de procedencia el último día de agosto.
IX. Recursos
Trigésima tercera.—Contra esta Orden Foral podrá interponerse
recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, previo al con-
tencioso-administrativo, dentro del plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Pamplona, 6 de octubre de 2000.—El Consejero de Educación
y Cultura, Jesús María Laguna Peña.
(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
18870 RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2000, de la Secre-
taría General de Educación, Ciencia y Tecnología, por
la que se convoca concurso de traslado y procesos
previos en el Cuerpo de Maestros para cubrir puestos
vacantes en centros públicos de Educación Infantil,
Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria
Obligatoria y Educación de Adultos, dependientes del
ámbito de gestión de esta Consejería.
La disposición adicional novena, apartado 4, de la Ley Orgánica
de Ordenación General del Sistema Educativo, y el Real Decreto
2112/1998, de 2 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 6),
establecen que las Administraciones Públicas educativas compe-
tentes convocarán concursos de traslados de ámbito nacional de
manera coordinada, de forma que los interesados puedan par-
ticipar en todos ellos con un solo acto y que en la resolución
de los mismos no se obtenga más que un único destino en un
mismo Cuerpo.
En aplicación de lo anterior, en estas convocatorias se pro-
veerán los puestos vacantes, que en su momento determinará esta
Secretaría General de Educación, señalados en el artículo 8 del
Real Decreto 895/1989, de 14 de julio («Boletín Oficial del Estado»
del 20), modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de
noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 22), y en la Orden
de 19 de abril de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo),
por la que se crea el puesto de trabajo de Educación Musical,
así como los del artículo 4 del mencionado Decreto, correspon-
dientes a los puestos itinerantes en centros públicos y en colegios
rurales agrupados.
Igualmente, al amparo de la disposición adicional décima del
Estado» del 6), los Maestros que aún permanezcan en puestos
para los que no estén habilitados podrán ejercitar derecho pre-
ferente a obtener destino en la zona a que pertenece el centro
del que son definitivos, a cuyo efecto la convocatoria de derecho
preferente incluye las previsiones correspondientes.
Con independencia de lo anterior, y de conformidad con la
de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 6), participarán dentro
de la convocatoria de readscripción a centro, con carácter forzoso,
aquellos Maestros que permanecen en una plaza para la que no
están habilitados, solicitando la adscripción a otra plaza del mismo
centro, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición final
segunda bis del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio («Boletín
Oficial del Estado» de 20 de julio), en su modificación operada
por Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre («Boletín Oficial
del Estado» del 22).
Por todo ello, al amparo del Real Decreto 895/1989, de 14
de julio, se convocan los procesos previos al concurso a fin de
atender a la cobertura de vacantes en los puestos señalados en
su artículo 8 y Orden de 19 de abril de 1990 («Boletín Oficial
del Estado» de 4 de mayo), incluidos aquellos singulares en régimen
de itinerancia, así como los del primer ciclo de Enseñanza Secun-
daria Obligatoria, incluidos, asimismo, los singulares en régimen
de itinerancia.
En su virtud, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos
2112/1998, de 2 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 6)
y 895/1989, de 14 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 20),
y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 2 de octubre
de 2000.
Esta Secretaría General de Educación ha dispuesto anunciar
las siguientes convocatorias:
a) Convocatoria de readscripción en centro.
b) Convocatoria de derecho preferente.
c) Convocatoria del concurso de ámbito nacional.
En todas estas convocatorias se proveerán los puestos a que
y la Orden de 19 de abril de 1990 («Boletín Oficial del Estado»
de 4 de mayo), incluidos aquellos singulares en régimen de iti-
nerancia, así como los del primer ciclo de Educación Secundaria
Obligatoria, incluidos los singulares en régimen de itinerancia
(anexos III, IV, V y VI).
En el concurso de traslados y en la convocatoria de derecho
preferente se proveerán, además, plazas de Educación de Adultos
(anexo VII).
A) Convocatoria de readscripción en centro.—Convocatoria
para que los Maestros cesados como consecuencia de supresión
o modificación del puesto de trabajo que venían desempeñando
con carácter definitivo en un centro; los adscritos a un puesto
para el que no están habilitados según lo dispuesto en el artículo
6 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, y en el artículo
17 de dicho Decreto, modificado por el Real Decreto 1664/1991,
de 8 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 22); los que
permanecen en los puestos de trabajo a los que fueron adscritos
en el proceso de adscripción convocado por Órdenes de 6 de
abril de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 17), 19 de abril
de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo), y 17 de
mayo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 23), y los Maestros
de centros rurales agrupados que continúan en los puestos que
les correspondieron en la adscripción realizada en el momento
de la constitución de dichos centros según Órdenes de 24 de sep-
tiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre),
3 de septiembre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 17),
18 de mayo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» 16 de junio)
y 21 de junio de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 23), soliciten
la adscripción a otro puesto del mismo centro.
Se regirá por las siguientes bases:
Participantes
Primera.—Pueden participar en esta convocatoria los funcio-
narios de carrera del Cuerpo de Maestros que se encuentren en
algunos de los supuestos siguientes:
1. Los que por aplicación del artículo 38 del Real Decreto
895/1989, de 14 de julio y de la disposición adicional séptima
del Estado» del 6), han perdido la plaza que venían desempeñando
con carácter definitivo.
Dentro de este supuesto estarán aquellos Maestros a los que
se les suprimió la plaza de carácter ordinario creándose simul-
táneamente otra de carácter itinerante en la misma especialidad
y cesaron en la primera, con dependencia de que estuvieran habi-
litados para su desempeño.

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