RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador Mercantil de Buques de Gijón, don Enrique Albert Piñole, a inscribir un determinado pacto de una escritura de hipoteca sobre un buque.

MarginalBOE-A-2001-6513
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador Mercantil de Buques de Gijón don Enrique Albert Piñole a inscribir un determinado pacto de una escritura de hipoteca sobre un buque.

En el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús MarÃa Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, "rente a la negativa del Registrador Mercantil de Buques de Gijón , don Enrique Albert Piñole, a inscribir un determinado pacto de una escritura 3e hipoteca sobre un buque.

Hechos

Por escritura que autorizó el Notario de Cudillero, don Pablo de la Esperanza RodrÃguez, el 21 de abril de 1997, la Caja de Ahorros de Asturias concedió un préstamo a don Julio Albuerne López con garantÃa de hipoteca sobre un buque propiedad del prestatario. Entre las estipulaciones de dicho contrato figuraba la siguiente: «Undécima. Deberes de información y otras obligaciones: El prestatario queda obligado a: ... e) No enajenar, gravar, arrendar el buque hipotecado o ceder su uso, sin previa autorización escrita de la Caja . ... Se conviene de modo expreso que cualquier incumplimiento dará lugar al vencimiento anticipado del plazo del préstamo, con facultad de la Caja de reclamar la cancelación del mismo".

  1. Presentada copia de dicha escritura en el Registro Mercantil de Buques de Gijón, se inscribió parcialmente, a excepción, según la nota de despacho, y en lo que interesa al presente recurso, de lo siguiente: ««De conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 434 del Reglamento Hipotecario, y sin perjuicio de sus efectos obligacionales, no se han inscrito los siguientes pactos: ... de la estipulación undécima ... la palabra "enajenar" del apartado e)..., Nuevamente aportado el tÃtulo se extendió a su pie la siguiente nota: «Presentada nuevamente la precedente escritura a las 11,25 del 26 de diciembre de 1997, asiento 277, folio 71 del Diario 11, en unión de un escrito firmado por don Jesús Alcalde Barrio, apoderado de la Caja de Ahorros de Asturias, en el que solicita la inscripción de "la prohibición de enajenar contenida en la cláusula undécima de la Escritura, se extiende la siguiente nota de calificación: Se reitera la denegación de inscripción de la palabra "enajenar contenida en el apartado e) de la estipulación undécima, por entender que su inclusión en la inscripción de la hipoteca es contraria a la libre circulación de los bienes y no añade garantÃa de la que no esté dotada la hipoteca, como ha reiterado la jurisprudencia, especialmente la de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por ejemplo, en Resoluciones de 27 de enero de 1986 y 8 de noviembre de 1993 y se deduce, entre otros, de los artÃculos 18, 28, 3&5.° y 40 de la Ley de Hipoteca Naval; 582 del Código de Comercio; 79 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; 26 y 27 de la Ley Hipotecaria, y 8 del Convenio de Bruselas de 10 de abril de 1926. Además, la prohibición de enajenar sin consentimiento del acreedor hipotecario con la consecuencia del vencimiento anticipado de la hipoteca carece de trascendencia real según expresa literalmente el considerando penúltimo de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 18 de octubre de 1979 y, por tanto, está expresamente excluida de la solicitud de inscripción en la estipulación decimoquinta de la escritura, por lo que no puede inscribirse por una mera solicitud y menos sin consentimiento de ambas partes firmantes. Contra esta calificación puede interponerse recurso gubernativo en escrito dirigido al propio Registrador, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de esta nota de calificación, conforme disponen los...

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