RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de transporte aéreo al III Acuerdo Nacional de Formación Continua, así como la constitución y aprobación del Reglamento de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Mayo de 2001
MarginalBOE-A-2001-10142
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 200l, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de transporte aéreo al III Acuerdo Nacional de Formación Continua, así como la constitución y aprobación del Reglamento de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector.

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de transporte aéreo al III Acuerdo Nacional de Formación Continua (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de febrero de 2001), así como la constitución y aprobación del Reglamento de la Comisión paritaria de Formación para dicho sector, que fue suscrito con fecha 9 de febrero de 2001, de una parte, por la Asociación Española de Compañías Aéreas (AECA) y la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), Iberia Líneas Aéreas de España, en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales FCT-CC. 00. y FETCM-UGT en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y del Reglamento en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de mayo de 2001.

La Directora general,

Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE ADI-JESIÓN AL DI ANFC DE LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y SINDICALES LEGITIMADAS PARA LANEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR DE TRANSPORTE AÉREO.

Por la Asociación Española Compañías Aéreas (AECA):

Don Dámaso Castejón Amenedo.

Por la Asociación de Líneas Aéreas (AL

  1. IBERIA Líneas Aéreas de España:

Don Pablo Olmeda Cruz.

Doña Marisa Pascual Navarro.

Don José Luís úbeda Lafuente.

Por la Federación de Comunicación y Transporte de Comisiones Obreras (FCT CC. 00.):

Don Juan Manuel del Campo Vera.

Doña María Serrano Herranz.

Don Alfredo Tabernero Monte.

Por la Federación Estatal de Transporte, Comunicaciones y Mar de la Unión General de Trabajadores (FETCM UGT):

Don Fernando Gallego Rodríguez.

Don Ángel López Tejado.

Don José Alonso Fabra.

Reunidas en Madrid, a 9 de febrero de 2001 las organizaciones emprr sariales y sindicales más representativas del sector de transporte aéreo representadas por los miembros señalados más arriba han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad.

Primero.

Adherirse al III Acuerdo Nacional de Formación Continua firmado e119 de diciembre de 2000.

Segundo.

Constituir conforme a lo establecido en el IH Acuerdo Nacional de Formación Continua la Comisión Paritaria Sectorial de Transporte Aéreo compuesta por dos organizaciones sindicales y dos organizaciones empresariales, con las funciones y facultades que dicho acuerdo les atribuye en su artículo 18.

Tercero.

Aprobar el Reglamento de funcionamiento de esta Comisión paritaria, anexo a esta Acta.

Cuarto.

Los presentes acuerdos entrarán en vigor el día siguiente al de su firma.

Quinto.

Remitir los acuerdos de la presente Acta ala Autoridad Laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PARITARIA

SECTORIAL DE TRANSPORTE AÉREO PARA EL III ACUERDO NACIO

NAL DE FORMACIÓN CONTÍNUA

El presente Reglamento se fundamenta en lo establecido en el artículo 18 h) del IH Acuerdo Nacional de Formación Continua de 19 de diciembre de 2000, firmado por las organizaciones empresariales CEDE y CEPYME, y las organizaciones sindicales UGT, CC. 00. y CIG.

En su virtud la Comisión Paritaria Sectorial de Transporte Aéreo, como órgano de administración paritario del IH Acuerdo Nacional de Formación Continua en el ámbito...

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