RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2001, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convoca concurso para la concesión del vigésimo Premio de Investigación Cultural 'Marqués de Lozoya', correspondiente a 2001.

MarginalBOE-A-2001-6533
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Orden de 1 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 14) regula los concursos de la Secretaría de Estado de Cultura para la concesión de premios al mérito en determinadas actividades culturales. Entre estos premios se encuentran el de «Investigación Cultural Marqués de Lozoya», de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

En el punto séptimo de la citada Orden se faculta al Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales para convocar anualmente el correspondiente concurso y para el desarrollo de la misma.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Convocar el concurso para la concesión del vigésimo Premio «Marqués de Lozoya», de Investigación Cultural, correspondiente a 2001.

Segundo.

Podrán tomar parte en la convocatoria del vigésimo Premio de Investigación Cultural «Marqués de Lozoya» correspondiente a 2001, todas las personas que lo soliciten y que cumplan con lo establecido en la presente Resolución.

Tercero.

  1. Se concederán tres premios, dotados con las siguientes cantidades:

    Primer premio: 2.000.000 de pesetas.

    Segundo premio: 1.250.000 pesetas.

    Tercer premio: 750.000 pesetas.

  2. La concesión del primer premio supondrá, además, la edición de la obra seleccionada, previo acuerdo entre el Ministerio de Educación, Cultura yDeporte y el autor, sin que dicha concesión y sus correspondientes beneficios impliquen cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor.

  3. Este concurso podrá ser declarado desierto en todas o algunas de sus categorías.

    Cuarto.

  4. Los trabajos podrán versar, desde una perspectiva antropológica, sobre cualquiera de los aspectos conformadores de las culturas de los pueblos de España, y habrán de significarse por su aportación al conocimiento en profundidad de las formas y expresiones culturales y a la compresión de la relevancia de dichas formas culturales en la sociedad española, conteniendo una abundante, detallada y fiel información, fruto de investigación original.

  5. Los trabajos, que serán inéditos, deberán estar escritos en castellano o en cualquiera de las otras lenguas del Estado español.

  6. Los trabajos podrán acompañarse de cuantos materiales fotográficos, sonoros, o de cualquier otro tipo, sirvan para ilustrar suficientemente el texto.

  7. Estos trabajos deberán presentarse por duplicado, bajo lema (sin firma), guardando siempre el anonimato, y acompañados de un breve resumen de su contenido en el que además se haga constar cualquier otro...

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