Corrección de errores del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
Marginal | BOE-A-1987-10975 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 169, de 16 de julio de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
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En la página 25709, segunda columna, artículo primero, sexta línea, donde dice: «... automóvil a todo artefacto...», debe decir: «... automóvil todo artefacto...».
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En la página 25709, segunda columna, artículo primero, octava línea, donde dice: «... circula sin carriles...», debe decir: «... circula sin raíles...».
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En la página 25709, segunda columna, artículo segundo, primera línea, donde dice: «... se entienden por talleres de...», debe decir: «... se entiende por talleres de...».
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En la página 25709, segunda columna, artículo segundo, líneas segunda y tercera, donde dice: «... de sus equipos y componentes aquellos establecimientos...», debe decir: «... de sus equipos y componentes, aquellos establecimientos...».
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En la página 25709, artículo tercero, punto 1, apartado b), primera línea, donde dice: «... Talleres de marca: Los que están...», debe decir: «... Talleres oficiales de marca. Los que están...».
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En la página 25710, primera columna, artículo cuarto, punto 2, apartado c), última línea, donde dice: «... técnico especializado de que se disponga.», debe decir: «...técnico especializado de que disponga.».
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En la página 25710, primera columna, artículo 5.°, cuarta línea, donde dice: «... y de sus Equipos Componentes...», debe decir: «... y de sus equipos y Componentes...».
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En la página 25710, segunda columna, artículo 7.°, punto 2, primera línea, donde dice: «... La parte de la placa-distintivo...», debe decir: «... La parte alta de la placa distintivo...».
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En la 25711, primera columna, artículo 11, punto 2, cuarta línea, donde dice: «... se hace referencia en el artículo 14 de...», debe decir: «... se hace referencia en el artículo 12.2 de...».
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En la página 25711, columna segunda, articulo 12, punto 1, apartado b), sexta línea, donde dice: «... en la cantidad que reglamentariamente se determine.», debe decir: «... en las condiciones que reglamentariamente se determinen.».
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En la 25711, segunda columna, artículo 12, punto 3, primera línea, donde dice: «No podrán incluirse en los resgurdos, ...», debe decir: «No podrán incluirse en los resguardos, ...».
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En la página 25711, segunda columna, artículo 12, punto 3, segunda línea, donde dice: «... que emitan los talleres cláusulas...», debe decir: «... que emitan los...
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