Real Decreto por el que se modifica el artículo segundo del Decreto 2825/1974, de 30 de agosto, que reorganizó las Delegaciones Regionales de Comercio.
Fecha de Entrada en Vigor | 31 de Marzo de 1978 |
Marginal | BOE-A-1978-6856 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Comercio y Turismo |
Rango de Ley | Real Decreto |
EL DECRETO DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO,DE TREINTA DE AGOSTO,SOBRE ADMINISTRACION TERRITORIAL DEL MINISTERIO DE COMERCIO,ESTABLECIO EN SU ARTICULO SEGUNDO QUE LA DEMARCACION TERRITORIAL DE LA DELEGACION REGIONAL DE COMERCIO EN MURCIA COMPRENDIA LAS PROVINCIAS DE ALBACETE,MURCIA,Y ALMERIA,ATENDIENDO ESPECIALMENTE A LA SIMILITUD DE LA ACTIVIDAD EXPORTADORA DE DICHAS PROVINCIAS Y A LA TRADICIONAL ESTRUCTURA DE LA MENCIONADA DELEGACION REGIONAL DE COMERCIO.
ULTIMAMENTE,SIN EMBARGO,SE HA EVIDENCIADO LA CONVENIENCIA DE QUE LA DELEGACION REGIONAL DE COMERCIO EN MALAGA EXTIENDA SU COMPETENCIA A LA PROVINCIA DE ALMERIA.
EN SU VIRTUD,A PROPUESTA DEL MINISTERIO DE COMERCIO Y TURISMO,OBTENIDA LA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DE GOBIERNO A QUE SE REFIERE EL ARTICULO CIENTO TREINTA PUNTO DOS DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO,Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA DIEZ DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO DISPONGO:
EL ARTICULO SEGUNDO DEL DECRETO DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO,DE TREINTA DE AGOSTO,QUEDA MODIFICADO,EN LO QUE SE REFIERE A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LAS DELEGACIONES REGIONALES DE COMERCIO EN MURCIA Y MALAGA,EN LA FORMA SIGUIENTE:
DELEGACION REGIONAL EN MURCIA,CON COMPETENCIA EN LAS PROVINCIAS DE ALBACETE Y MURCIA.
DELEGACION REGIONAL EN MALAGA,CON COMPETENCIA EN LAS PROVINCIAS DE JAEN,GRANADA,ALMERIA Y MALAGA.
DADO EN MADRID A DIEZ DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO.-JUAN CARLOS.-EL MINISTRO DE COMERCIO Y TURISMO,JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ.
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