Orden IET/1178/2012, de 29 de mayo, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas para actuaciones de reindustrialización en las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal (La Coruña) en el año 2012.

MarginalBOE-A-2012-7375
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

La Orden IET/818/2012, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, de 20 de abril de 2012, determina, en su capítulo I, los objetivos y los tipos de proyectos objeto de la convocatoria de ayudas y, en su capítulo II, los órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento de concesión.

La reducción de los desequilibrios económicos entre las diferentes regiones, que tienen como reflejo global una desigual distribución de la renta, figura entre los objetivos básicos de la política regional, que están motivados, entre otras causas, por desequilibrios en el volumen y composición de la producción industrial. Para tratar de corregir estos últimos desequilibrios ligados a la actividad industrial se vienen utilizando un marco general de apoyos para el conjunto del territorio nacional y uno específico para aquellas zonas en las que concurran determinadas circunstancias, que específicamente se dan en la comarca de Ferrolterra, Eume y Ortegal sometidas en los últimos años a un proceso de reestructuración, sobre todo en el sector público naval y minero, con gran incidencia en la pérdida de empleo, pérdida de capacidad productiva y pérdida de tejido industrial asociado.

Desde el año 1997, se han venido apoyando actuaciones de reindustrialización en esta zona con objeto de crear unas condiciones básicas que facilitasen el desarrollo de un sector industrial alternativo con mayor proyección de futuro.

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, consciente de la crisis industrial de la zona, ha intensificado este tipo de ayudas para actuaciones de reindustrialización dictando una resolución específica de ayudas para las comarcas de Ferrolterra, Eume y Ortegal.

Por otro lado en fecha 4 de abril de 2006 se suscribió un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE). Este Convenio de Colaboración seguirá vigente en el ejercicio de 2012, de acuerdo con lo establecido en su cláusula novena.

Por ello y conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el apartado décimo.1 de la Orden IET/818/2012, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización, esta Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha resuelto:

Primero. Objeto.

  1. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas dirigidas a actuaciones de reindustrialización en las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal (La Coruña), correspondientes al año 2012 en el marco de la Orden IET/818/2012, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, de 20 de abril de 2012.

    Segundo. Ámbito geográfico de aplicación.

    La presente convocatoria será de aplicación a los proyectos o actuaciones de reindustrialización que se efectúen en los municipios comprendidos en las Comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal de la provincia de La Coruña.

    Tercero. Tipos de actuación y objeto de las ayudas.

    Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos o actuaciones que se realicen durante el año 2012 y sean conformes a los tipos descritos en el apartado cuarto de la Orden IET/818/2012, de 18 de abril.

    Cuarto. Conceptos susceptibles de ayuda.

    Serán susceptibles de ayuda los conceptos que cumplan con lo dispuesto en el apartado quinto de la Orden IET/818/2012, de 18 de abril.

    Quinto. Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta resolución las personas físicas o jurídicas que cumplan las condiciones establecidas en el apartado sexto de la Orden IET/818/2012, de 18 de abril.

    Sexto. Financiación.

  2. La financiación de las ayudas que se pueden conceder en virtud de la presente convocatoria se imputarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20.16.422M.744.03; 20.16.422M.764.03; 20.16.422M.784.03 20.16.422M.821.16 y 20.16.422M.831.16 de los prorrogados Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, lo que se entiende sin perjuicio de la estructura y cuantías que se establezcan en el presupuesto definitivo del ejercicio 2012 pendiente de aprobación en virtud del artículo 134.4 de la Constitución Española y lo dispuesto en el artículo primero del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

  3. La cuantía total máxima de las ayudas convocadas a conceder para el año 2012 es de 47.035.480 €, correspondiendo 1.324.450 € a subvenciones y 45.711.030 € a préstamos reembolsables, de acuerdo a la siguiente distribución entre aplicaciones presupuestarias: 20.16.422M.744.03, 425.890 €; 20.16.422M.764.03, 472.670 €; 20.16.422M.784.03, 425.890 €; 20.16.422M.821.16, 3.286.700 € y 20.16.422M.831.16, 42.424.330 €.

    Asimismo, se podrán aplicar fondos...

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