Real Decreto 745/1985, de 23 de abril, por el que se rehabilita, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el título de Barón de Liñola, a favor de doña María Dolores Barón y Osorio de Moscoso.

MarginalBOE-A-1985-9488
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
Otras disposiciones'
Viernes
24
mayo
1985
BOE
núm.
124
ORDEN
114/00347í/985.
de :!I de l'nern dí' 1985,
por-
la que se dispone
el
cumplimiento lit'
!a
snrten('Íl/
de
la
Audiencia Territorial de Ol'iedo, dictada con
lt'~
"ha
5
de
noviembre·(Ú 1984. en
e/
f'e,·w·Sv
cOflten('/o-
s()--Odministralivo u1lerpueslo por' don Francisco Josi'
Ga,da
Gurda.
RESOLUCJONde
22
de
nuu::;o
de 1985. de la Suh-
Jecrelmia.
por
la que se ammcia hilber
...
ido solil'ilacia
por
don Julio Enrile AleL( la
rehabi~itacián
cid I¡tn/u
(&!
Marqués
de
Premio
Real.
Don
JU'fio
Emite
Aleix
ha
solicitado la rehabilitación del titu-
lo
de
Marques
de Premio
Re-cil.
concedido a
don
Rica~do.
Miran-
da
Sandoval
en 30 de diciembre de 1710. Yen
cumphmlento
de
10
dispuesto
en
el
artículo
4.
0del
Dec:eto
de
4de
)un~?
de 1948
se
señala el plazo de tres meses a
partIr
de
la pubhcac10n de
es~e
edicto
para
que
puedan
solicitar lo
conveniente
los
que
se const-
deren
con
derecho al referido titulo.
Madrid.
22
de
marzo
de
1985.-EI Subsecretario. Liborio
H¡e~
rro Sánchez-Pescador.
Ex;cmos. Sres. Subsecretario de Defensa yGeneral DireuOf de
Mutilados.
"MINISTERIO
DE
DEFENSA
Excmos. Sres.: En el recurso
contencioso-adnunistrativo
S\:,-
guido
en
única instancia ante la Audiencia Territorial de
OvieJo.
entre partes. de una. como demandante.
don
FranCISCo José
Garcia
García. quien postula
por
mismo. yde otra. como de-
mandada
..
la
Administración Pública. representada ydefendida
por el
Abogado
del
Estado.
contra
denegación
pre~unl3
por
si-
lencio administrativo del Ministerio de Defensa.
S~
ha dictado
sentencia
con
fecha 5
de
noviembre de 1984 cuya
parte
dispositi·
va es
como
sigue: _
((Fallamos:
Que
rechazando
la
causa de inadmisibilidad
ale-
gada. debemos desestimar ydesestimamos el recurso contencio-
so·administrativo interpuesto
por
don
Francisco Jose García
Garcia,.
contra
denegación presunta
por
silencio
admini~trativo
del Ministerio de'Defensa. representado por
el
señor.
Abogado
del Estado.
sobre
reconocimiento del
derecho
apercibIr
el
como
plemento de destino
por
función. resoluci?n presunt.:l
Que
~~:>nlir
mamos
..
por
estar
ajustada aDerecho.
SIn
hacer declaraclOn de
las costas procesales.
Así
por
esta 'nuestra sentencia. de
l~
que se unirá
certific~tción
alos autos de
que
dimana. lo
pronum
..
,amos.
manuamos yI1rma·
mos.'.
En su virtud. de conformidad con lo establecido en
la
Ley
re-
guladora
de
la Jurisdicción
Contencioso·
Administrativa
de
::7
de
diciembre de
1956.
yen uso
de
las facultades que
me
confiere el
articulo J." de la Orden del Ministerio de Defensa número
54
1982.
de
16 de marzo. dispongo
que
se
cumpla en sus propios
términos
la
expresada sentencia.
Lo que digo a
VV.
EE.
Dios
guarde
aVV. EE. muchos
años
Madrid.
21
de enero de 1985.-P. D
..
el Din:ctM general de
Personal.
Federico Micha\i1a
P"allarés.
9491
.Vengo en rehabilitar. sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
afavor de don lñigo de Barcaiztegui y
Uhagón.
para
sí.
sus
hiJOS
vsucesores. el
título
de
Vizconde
de
Monserrat. previo
pago'
del
impuesto especia.! y
demás
requisitos c:ompIementarios.
Dado en Madrid a
23
de abril de 1985.
El
r.finiSlro de JustiCla.
JUAN
CARLOS
R.
FERNANDO
LEDES~tA.
BARTRET
9492
III.
RE-tL
DECRETO
""'47/19(',5,
de
1]
de abril. por el
que
se
rehabilita.
s.in
perjuicio
de
1ercero de
mejor
derecho. (,!liudo'de I'i=cundt' dc .\1onserru{,
,1
/UI"UI"
di'
don I¡lll.!ll
de
Btll"o.ú=legw
\"
L
JwgIJ/1
De
conformidad
con lo
prcú~nido
en
la
Lc\
dt.:
-+
d\.'
m:l\O
de
194h
~
Real Dccrt:'to
dt:'
:!
1de
marlO
de
19XO.·
de
acuerdo
c'on
la
[)ipu'taclón Pcrmant.:nte de
la
Grandeza de Espuria \oída
la
(t'nll':,iún Permanente del Consejo
de
Estado.
15224.
REAL
DECRETO
744/1985.
de
23 de alml.
pOI'
el que
se
rehabilíta~5in
perjuicio de tercero
.de
mejor
deredto. el taulo de Marqués de San
J/iguef
das
Penas.
afal'or
de
doña
~
"/etoria
Euge"ia
Femández
de
-Cardoba. '
De eonfotrnidad con lo
prevenido
en
la
Ley
de
4
de
ma.yo
de
1948
YReal Decreto de
21
de marzo de 1980.'de acuerdo con
la
Diputacíón
Permanente
de la
Grandeza
de
España y
la
Comisiórr
Permanente del Consejo de Estado.
Vengo
en
rehabilitar. sin perjuicio
de
tercero
de
mejor
derecho,
afavor de doña Victoria Eugenia Fernández de Córdoba. para sí.
sus hijos ysucesores, el
título
de
Marqués
de
San:
Miguel (las Penas,
previo pago
del
impuesto
especial y
demás
requisitos
complemen-
tarios. .
Dado en
Madrid
a
23
decab~¡1
de 1985.
.
JUAN,C~RWS
1..
31
REAL
DECRETO
746/1985. de 23 de abril. por el que
se
rehabiliJa.
sin
perJukio
de
tercero
di!
I1teJor
derecho.
rl
tíluló de
.\farqu~
de
VaJd~Ufflles,
a/al'O'
de don .-t/éjandro
Alcan.¡=
Barroe1a. .
De
conformidad con
lo
prevenido en
la
Ley
de 4de mayo de
1948 yReal Decreto de
21
de marzo de 1980.
de
acuerdu con
la
Diputación Permanente de la Grandeza de España y
la
Conusión
Permanente del Consejo de
útado.
Vengo en rehabilitar.
sÍn
perjuicio de tercero de mejor derecho.
afa\or de don Alejandro Alcañiz Barrocta. para
sí.
sus
hijos)
sucesores.,
el
titulo
de Marques de
Valdefuentes.
prc
...
io pago del
impuesto especial
Y,
demás
requisitos.
complementanüs.
Dado en
\fadrid
a23
de
abril de 1985.
9487.
HJ":-¡ e
"RLOS
R.
El
Miniuro
de Justicia..
FER"i-\.\iDO LEDESM.,),
B.\RTRET
B
\limstTo
dt
Justicia.
HR'''''Ix)
lEDE
.....
\l\
B-\RTRET
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
9488
REAL
DECRETO
7~5/1985.
de
23 de abril.
porei
qu~
se rehabilita. sin
iJerjWdo
de tercero de
m
derecho.
e/titulo
de
Barón de Liño/a. ajin'or..
de
doña
"'-Iafia
Dolores
Barón
Ji
Osorio de
Moscosl}.
De conformidad con
k>
preVenido en la Ley
de
4de
mayo
de
1948
\'
Real- Decreto
de
21
de
marzo
de
1980.
de
acuerdo
con
la
Diputación
Permanente
de
la Grande7a de España yla-Comisión
Permanente del Consejo de Estado.
Vengo
en
rehabilitar. sin perjuicio
de
tercero de
mejor
derecho.
a
fa-var
de doña Maria Dolores Barón vOsario de Mascaso. para
si.
sus hijos ysucesores.
el
titulo de Bárón·de Liñola. previo pago
del impuesto especial y.demás
~quisitos
complementarios.
Dado en Madrid a
23
de abril de 1985.
¡U
Al" CARLOS
R.
El
Vbrr~ro
¡k'
Jiasbcia..
FER:"A:"LEDESM.-\ BARTjl.ET.
9490
9489
I~
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