Orden CUL/3150/2008, de 29 de octubre, por la que se modifica la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Noviembre de 2008
MarginalBOE-A-2008-17824
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 17.1 que, en el ámbito de la Administración General del Estado, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de las subvenciones, debiéndose aprobar dichas bases por orden ministerial.

Mediante Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

De forma posterior a dicha normativa se ha aprobado, mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. En el mismo se regulan determinadas situaciones que, dada su aprobación anterior, no pudieron ser previstas en la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por lo que es necesario proceder a la modificación de ésta en varios aspectos concretos para regular dichas situaciones.

En primer lugar, conforme a lo previsto en el artículo 42.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se trata de permitir que las convocatorias de concesión de las subvenciones puedan exceptuar de la obligación de constituir garantía a las personas o entidades cuyo domicilio se encuentre radicado fuera del territorio nacional y carezcan de establecimiento permanente en dicho territorio.

En segundo lugar, conforme a lo previsto en el artículo 63.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se trata de dar la posibilidad de incluir en la resolución de concesión de las subvenciones una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en la misma, con el fin de que, si se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios, el órgano concedente pueda acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR