Orden IET/241/2014, de 13 de febrero, por la que se modifica la Orden IET/1144/2013, de 18 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Febrero de 2014
MarginalBOE-A-2014-1889
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

La Agenda Digital para España, aprobada el 15 de febrero de 2013, y el Plan de Telecomunicaciones y Redes Ultrarrápidas de junio de 2013, que conforma uno de los planes específicos que desarrollan los seis objetivos de la Agenda, tienen entre otros objetivos la modernización de las redes existentes y el despliegue de nuevas infraestructuras de acceso que permitan alcanzar los objetivos de la Agenda Digital para Europa: Cobertura universal de banda ancha en 2013, cobertura del total de la población de al menos 30 Mbps en 2020 y que al menos el 50 por ciento de los hogares estén abonados a servicios de velocidades superiores a 100 Mbps en ese mismo año.

Dicho Plan combina medidas normativas con programas para el fomento de la oferta de redes y el estímulo de la demanda. Entre estas últimas, se prevé la puesta en marcha un nuevo programa de apoyo a la banda ancha de nueva generación para acelerar la extensión de la cobertura de las redes de banda ancha ultrarrápida.

La Orden IET/1144/2013, de 18 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación, establece el marco para el otorgamiento de estas ayudas en el período 2013-2015.

La primera convocatoria se realizó mediante la Resolución de 3 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos en el marco del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación, dentro de la Agenda Digital para España.

A partir de la experiencia adquirida con la resolución de la primera convocatoria se ha considerado oportuno introducir un nuevo criterio de valoración de la solvencia económica para el caso en que un mismo operador presente solicitudes para varios proyectos y también precisar los términos de la documentación a presentar. Asimismo, se ha considerado oportuno modificar la composición de la Comisión de Evaluación para incorporar la visión de la gestión del espectro radioeléctrico, a fin de tener un mejor conocimiento sobre las posibilidades, habilitación y condiciones de uso de este recurso. Finalmente, se corrige la...

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