Corrección de errores de la Orden de 5 de junio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, excepto cereales.

MarginalBOE-A-1985-10835
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
eOE
nlÍm.
140
M,i~otes
.!2junio
1985
17869
.5e¡undo.-Eatos derechos estarán en
vilor
desde la fecha de
.publicación de la presente Orden hasta su modificación.
Lo
que comunico a
V.
l.
-ltata
so
~nocimiento
yefectos.
Dios
.,.arde
aV. l. muchos años. .
MadrId,
11
de junio de
19B5.
acordó la autorización, declaración
d.
utilidad pública y
la
aproba·
ción del proyecto de ampliación
d.
la Central Hidroelectrica de
Susqueda solicitada por la Entidad oHidroelectrica de Cataluña,
Sociedad An6nimoP, Yse hace saber que en
el
mencionado
·conflicto.
lit
ha
invocado por el Gobierno
el
artículo 161.2 de la
.ConStitución, que produce la suspensión de la vigencia yaplicación
de la mencionada Resolución impuanada, desde el 20 de mayo
~tual,
fec,ha
de la formalización de dicho conflicto.
Lo que se publica para aeneral oonocimiento.
Madrid, 29 de mayo
de
I985.-EI Presidente del Tribunal
Constitucional, Manuel-yAlonso.
Alpiste, .
Panida
arancelaria
10.07.D.11
Pe~tas
Tm
n~li
Contado:
10
Mes en curso:
10
Julio: 10
10833 BOYER SALVADOR
Ilmo. Sr. Director
..
neral
Política Arancelaria eImportación.
10835 CORRECCJON de errores de
la
Orden de 5de junio
de
/985 .obre fijación del derecho regulador para
la
-impar/ación de producros
.•
MJmetidos
aeste régimen.
acepto
_cereales.
Advertido error en
el
texto remitido
para
su publicación de
la
mencionada Orden, inserta
,en
el
<4
Oficial del Estado»
número
136,
de 7de junio de 1985, se transcribe
'3
continuación la
oportuna -rectificación: .
"'
.
En
la
pAgina
17247, donde dice:
10»
Pe~tas
1m
grado
"clcr¡et"
17.03.B
Panida arancelaria4lProduclO
Melazas
CONFUCTOS
posilivos
de
comPerencia Qúmero 652
y923//984, acumulados.
P/anll1DlJo5
por el Gobierno,
el pTlmero<:on class="ls140">reúuión
al
Decreto Foral 24/1984, de
18.de
abril, y
~I
segundo con el Decreto Foral
/82//984,
"de
J4
de
agoslO,
ambos de
la
Diputación
Foral
de
Navarra.
'\. El Triburuil Constitucional,
por
auto de 30 de mayo. actual,
t-dietado en los eonflictos positivos de competencia número 652 y
..
923/1984, acumulados, promovidos por el Gobierno, ha acordado
.•
ratificar la suspensión de la vigencia
delaniculo
2.1, ylos Preceptos
.concordantes del Decreto Foral 182/1984, de
14
de
aaosto,
dictado
".
'por la Diputación Foral
de
Navarra «sobre nórmalización de
í
..
'
s.
ituacionrs para vehículos
de
viajeros y-mercancías cuya residencia
:;
):laya
sido fijada en NavllITa», en los términos -acordados
en.la
'.
provioencia de
15
de :enero de
1985
ypublicada en
el
«Boletín.
,Oficiól del Estado»
de
28 del mismo mes, dietada en
el
""nflicto
..
número 923/1984. . .
f"
Lo
que se publica para
general-oQ.nocimi~nto.
,Madrid,
30
'de mayo
1985.-EI Presidente del Tribunal
."
Constitucional, Manuel
~arcía.Pelayo
yAlonso.
l.
1
~.
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
Debe
decir:
«Producto Partida
aranc~laria
PesetaS
Tm ¡rada
"der¡et"
ORDEN
de
JJ
de junio
de
1985 sobre fijación del
derecho regulador para
la
imponaci6n de cereales.
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA
Y
ENERGIA
10836
REAL
DECRETO
863/1985. de 2de abril, por el que
"
se
aprueba el Reglamento General de Normas Básicas
de Seguridad Minera. "
El
vigente Reglamento de Policía Minera yMetalúrgica de 23 de
asosto
de
1934, que estableció
las
reglas
..
que
se
deben ajustar las
explotaciones emdustrias relacionadas con la minería, ha sido
sucesivamente ampliado yactualizado mediante las siguientes
disposiciones complementarias
"t
modificaciones del mismo:
el
Decreto 2540/1960, de
22
de diCiembre, ventilación
en
las minas;
Decreto 1466/1962, de 22 de junio, sobre explosivos; Decreto
416/1964, de 6de febrero, sobre ÍD'Staiaciones eléctricas en minería,
yDecreto 2991/1967, de
14
de diciembre, sobre ventilación de
locomotoras de combustión interna.
Los continuos progresos que en la técnica minera
se
han ido
produciendo yel extraordinano desarrollo alcanzado en los últimos
tiempos en la maqu1naria utilizada en las explotaciones, hacen
necesario modificar el contenido del citado Re$lamento.
Por otra parte, la distribución de competencIas derivadas de la
Constitución yde
Jos
Estatutos de autonomía, actmsejan, en aras de
intereses generales,
el
establecimiento de un común denominador
)10834
tllustrísimo señor:
,..
De
conformidad
con
el artícUlo
5.·
del Real DecretO' 233211984,
r
de
14
de noviembre, .
f'
Este Ministerio
ha
tenido
a"
bien disponer:
Primero.-La cuantla del derecho regulador para las importacio-
nes en la Peninsula eislas
Bal~
de los cereales que se indican
es
la
que acontinuación se detalla para los mismos.:
Producto
Pani~
Pesetas
Tm
Deta
trancelaria
Centeno.
1O.02.B
Contado:
2.
999
~
Mes en curso: 2.89
Julio: 2.773
.4
::ebada.
1O.03,B
Contado: 5.085
Mes
en
curso: 4.990 .
Julio: 5.078
Agosto: 4.572
A.vena;
10004.B
Contado: 477
Mes en 'curso:
391
Julio: 293
Maíz.
1O.05.B.1I
Contado:
10
Mes en curso:
10
Julio:
10
10.07.8 Agosto:
10
f\~ijo.
Contado:
10
Mes en curso:
10
Julio:
10
Sorgo.
1O.07.C.1I
'Contado: 1.252
Mes
en
curso:' 1.163
Julio: 1.023
Agosto: 683
Melazas 17.03.B
O.

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