Orden FOM/2159/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el sistema de código seguro de verificación de documentos electrónicos del Ministerio de Fomento.

MarginalBOE-A-2013-12145
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, prevé en su artículo 18 la utilización por la Administración Pública en la actuación administrativa automatizada, de un código seguro de verificación que permita la comprobación de la integridad de los documentos accediendo a la sede electrónica correspondiente.

Por otra parte, el artículo 20 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, especifica que la aplicación del sistema de código seguro de verificación requerirá orden del Ministro competente o resolución del titular del organismo público, previo informe del Consejo Superior de Administración Electrónica, que se publicará en la sede electrónica correspondiente y determina el contenido mínimo de esta norma.

En su virtud, previo informe del Consejo Superior de Administración Electrónica y de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento, dispongo:

Artículo primero Objeto.

La presente Orden tiene por objeto determinar el funcionamiento y la utilización del sistema de códigos seguros de verificación de documentos en el desarrollo de actuaciones administrativas automatizadas del Ministerio de Fomento, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Artículo segundo Descripción del sistema.

El sistema de código seguro de verificación del Ministerio de Fomento permite la generación y estampación de un código seguro de verificación sobre un documento electrónico original. El documento resultante será accesible públicamente en la sede electrónica del Ministerio de Fomento, una vez que se cumplimente un formulario con el código seguro de verificación correspondiente.

Artículo tercero Ámbito de aplicación del sistema.

El sistema...

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