Orden CUL/1090/2009, de 28 de abril, por la que se regula la Comisión ministerial de Administración electrónica del Ministerio de Cultura.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 2009
MarginalBOE-A-2009-7514
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Mediante Orden CUL/1071/2006, de 30 de marzo, se regulaba la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Cultura, dando con ello cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuraban los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica, que preveía en su artículo 8 la constitución de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica, como instrumentos para la coordinación interna de cada Departamento en materia de tecnologías de la información, de las telecomunicaciones y de Administración Electrónica, en sustitución de las anteriores Comisiones Ministeriales de Informática.

No obstante, desde la entrada en vigor de dicha regulación se han aprobado diversas normas que afectan a la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Cultura.

En primer lugar, la Ley 11/2007, de 22 junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, supone el reconocimiento a los ciudadanos del derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos, incluyendo el derecho a obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, manifestar consentimiento, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar transacciones y recurrir las resoluciones y actos administrativos. La efectiva implantación de la Administración electrónica en el Ministerio de Cultura requiere asegurar que tecnológicamente los procedimientos administrativos puestos a disposición de los ciudadanos reúnen todos los requisitos que la ley prevé. Por ello, se debe incluir como competencia de esta Comisión informar el establecimiento y la modificación de tales servicios y procedimientos administrativos, y con ello refrendar la calidad del servicio electrónico y garantizar desde un punto de vista técnico, los derechos que dicha norma reconoce a los ciudadanos.

En segundo lugar, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que sustituye a Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, afecta también en gran medida al ámbito de actuación de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del departamento.

Por último, el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, ha creado nuevos órganos, ha suprimido otros modificando las competencias de algunos de ellos.

Todo ello aconseja actualizar la normativa reguladora de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Cultura y, por razones de técnica normativa, proceder a derogar completamente la anterior Orden CUL/1071/2006, de 30 de marzo, sustituyéndola por la actual.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Naturaleza y ámbito.
  1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica, la Comisión Ministerial de Administración Electrónica, como órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría del Departamento, es el instrumento para la coordinación interna del Departamento en materia de tecnologías de la información, de las telecomunicaciones y Administración Electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica y sus Comisiones Especializadas.

  2. Su ámbito de actuación abarca a todos los órganos del Ministerio y a cada uno de los organismos públicos adscritos al Departamento.

Artículo 2 Composición y funcionamiento.
  1. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Cultura podrá actuar en Pleno y en Comisión Permanente.

  2. El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Cultura tendrá la siguiente composición:

    1. Presidenta: La Subsecretaria de Cultura.

    2. Vicepresidente: El titular de la Subdirección General de Tecnologías y Sistemas de Información.

    3. Vocales:

  3. El titular de la Subdirección General de Gestión Económica y Financiera.

  4. El titular de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria.

  5. La titular de la Subdirección General de Publicaciones, Información y Documentación de la Secretaría General Técnica.

  6. El vocal asesor de la Unidad de Apoyo a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

  7. El vocal asesor de la Unidad de Apoyo de la...

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