Orden TER/651/2010, de 4 de marzo, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Política Territorial.

MarginalBOE-A-2010-4451
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Política Territorial
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 118/2001 de 9 de febrero, de ordenación de publicaciones oficiales, establece en su artículo 6 la necesidad de constituir en cada Ministerio una Comisión Asesora de Publicaciones, que ejercerá en la actividad editorial del Departamento las funciones de informe, orientación y asesoramiento descritas en el artículo 7 de la citada norma.

Por su parte, el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, dispuso la creación del Ministerio de Política Territorial, cuya estructura orgánica básica desarrolló el Real Decreto 1040/2009, de 29 de junio.

La Orden de 10 de enero de 1994, modificada por la Orden de 29 de septiembre de 2000 y por la Orden APU/2691/2002 de 30 de octubre, ha venido regulando la Comisión Asesora de Publicaciones del suprimido Ministerio de Administraciones Públicas.

En consecuencia, se hace preciso crear y regular la estructura y funciones de la Comisión Asesora de Publicaciones de este Departamento.

Por lo anteriormente expuesto, previo informe favorable de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales y con la aprobación previa de la Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de esta Orden, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de ordenación de publicaciones oficiales, la regulación de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Política Territorial, como órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría del Departamento.

Artículo 2 Composición.
  1. La Comisión Asesora de Publicaciones podrá actuar en Pleno o en Comisión Permanente.

  2. El Pleno tendrá la siguiente composición:

    1. Presidencia: La persona titular de la Subsecretaría del Departamento

    2. Vicepresidencia: La persona titular de la Secretaría General Técnica.

    3. Vocales, con nivel orgánico de Subdirector General o asimilado, designados por los titulares de los órganos respectivos, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 118/2001, de ordenación de publicaciones oficiales:

    Un representante de cada uno de los Gabinetes del Departamento.

    Un representante de cada una de las Direcciones Generales del Departamento.

    La persona titular de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria y Gestión Financiera.

    La persona titular de la Subdirección General responsable del Centro de Publicaciones, que actuará como titular de la Secretaría de la Comisión Asesora de...

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