Corrección de errores del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

MarginalBOE-A-2010-13429
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 125, de 22 de mayo de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 44863, al final del primer párrafo debe añadirse la frase: «La autoridad competente podrá verificar esa capacidad con arreglo a lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre».

En la página 44883, apartado Diez, donde dice: «El instalador en baja tensión deberá desarrollar su actividad en el seno de una empresa instaladora de gas...», debe decir: «El instalador en baja tensión deberá desarrollar su actividad en el seno de una empresa instaladora de baja tensión...».

En la página 44892, apartado Catorce, donde dice: «Catorce. El apartado 7.b) del Anexo II del Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, ...», debe decir: «Catorce. El apartado 7.b) del Anexo II de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 2, ... :»

En la misma página, apartado Quince, donde dice: «Quince. El anexo V del Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, queda sustituido por el siguiente», debe decir: «Quince. El anexo V de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 2, queda sustituido por el siguiente:»

En la página 44895, donde dice: «Dieciséis. El apartado 3 del anexo VI del Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, queda sustituido por el siguiente:

3. Requisitos para la obtención del carné.

La obtención del carné se puede realizar por dos vías. Por un lado requerirá la concurrencia de los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria.

c) La superación de un curso teórico-práctico impartido por una entidad acreditada por el órgano competente de la comunidad autónoma donde se realice el curso.

d) La superación de un examen realizado por el órgano competente de la comunidad autónoma donde se ha realizado el curso indicado en el párrafo anterior.

Por otro lado, se obtendrá directamente el carné de gruista u operador de grúa torre cuando se disponga de un título de formación...

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