Orden 61/1996, de 26 de Marzo, por la Que Se Aprueban los Programas de Ejercicios y Materias por los Que Han de Regirse los Procesos Selectivos de Ingreso en los Centros Docentes Militares de Formacion para los Cuerpos de Ingenieros de los Ejercitos, Escalas Superior y Tecnica.

MarginalBOE-A-1996-8323
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Ley 17/1989, de 19 de julio, Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, establece en su artículo 46.2 que, para el ingreso en los centros docentes militares de formación de la escalas de los Cuerpos de Intendencia y de Ingenieros de los Ejércitos y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, se exigirán los títulos del sistema educativo general que reglamentariamente se determinen.

La Orden 12/1993, de 2 de febrero, por la que se aprueban los programas de ejercicios y materias por los que han de regirse los procesos selectivos para el ingreso en los centros docentes militares de formación de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, establece el régimen de las pruebas y los programas correspondientes para dicho ingreso.

Asimismo, la Orden 49/1993, de 5 de mayo, por la que se aprueban los programas de ejercicio y materias por los que han de regirse los procesos selectivos de ingreso en los centros docentes militares de formación para los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos, establece el régimen de las pruebas y el programa correspondiente para dicho ingreso.

Por su parte, el Real Decreto 1951/1994, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, fija los procedimientos de ingreso y, para cada caso, los niveles de titulación requeridos.

El Real Decreto 796/1995, de 19 de mayo, de constitución de escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros de las Fuerzas Armadas, establece las diferentes especialidades fundamentales de estas escalas, en desarrollo de la nueva estructura del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, del Cuerpo de Ingenieros de la Armada y del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire, establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 14/1993, de 23 de diciembre, de Plantillas de las Fuerzas Armadas.

En este proceso normativo corresponde ahora fijar los programas de ejercicios y materias por los que han de regirse los procesos selectivos para el ingreso en los centros docentes militares de formación para los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos, escalas superior y técnica.

En su virtud, y de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 17/1989, de 19 de julio, y con las facultades conferidas en la disposición final primera del citado Real Decreto 1951/1995, dispongo:

Primero.-Se aprueban las normas y programas de ejercicios y materias por los que han de regirse los procesos selectivos para el ingreso en los centros docentes militares de formación para el acceso a las escalas superior y técnica del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, del Cuerpo de Ingenieros de la Armada y del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire, que se publican como anexo a la presente Orden.

Segundo.-Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a los procesos selectivos de ingreso directo en los centros docentes militares de formación para el acceso a las escalas superior y técnica del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, del Cuerpo de Ingenieros de la Armada y del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire.

Tercero.-El orden de los ejercicios correspondientes a las pruebas de conocimientos de la fase de oposición será el que defina la convocatoria correspondiente. Los ejercicios de la prueba psicotécnica, los reconocimiento médicos y los ejercicios físicos se realizarán en el orden y forma que se determine por la Dirección General de Enseñanza, a efectos de coordinar la utilización de Centros sanitarios e instalaciones.

Cuarto.-Se autoriza al Secretario de Estado de Administración Militar a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Quinto.-Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en esta Orden.

Sexto.-Las normas y programas de ejercicios y materias que se aprueban, comenzarán a regir en las pruebas selectivas que se celebren a partir de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de marzo de 1996.

SUAREZ PERTIERRA

ANEXO

  1. Condiciones para opositar

    Los aspirantes deberán reunir las condiciones expresadas en el Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 302), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, y aquellas otras que figuren en la convocatoria correspondiente.

  2. Normas

    Los admitidos a las pruebas deberán superar un concurso-oposición libre, que constará de las siguientes fases y pruebas:

    2.1. Fase de concurso.-Consistirá en la valoración de los méritos de los admitidos a las pruebas de acuerdo con el baremo que figura en el apéndice B.

    2.2. Fase de oposición.-En esta fase se realizarán una prueba psicotécnica y los ejercicios correspondientes a las siguientes pruebas de conocimientos:

    Prueba de Ciencias matemáticas.

    Prueba de Ciencias físico-químicas.

    Prueba de Derecho constitucional y Lengua inglesa.

    2.2.1 Prueba psicotécnica.-Evaluará la aptitud de los aspirantes para obtener un buen rendimiento académico y profesional mediante ejercicios dirigidos a medir especialmente los factores aptitudinales y variables comportamentales.

    La calificación de cada ejercicio se realizará en función de las características psicométricas de la misma, obteniéndose en la prueba la correspondiente puntuación directa entre cero y cinco.

    2.2.2 Prueba de Ciencias matemáticas:

    2.2.2.1 Procedimiento.-Se realizará por el sistema que indique la resolución de la correspondiente convocatoria y constará de:

    Primer ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en un plazo no superior a dos horas, un test de un máximo de 100 preguntas sobre cuestiones teórico-prácticas de Ciencias matemáticas.

    Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un plazo no superior a tres horas, los problemas planteados de Ciencias matemáticas.

    2.2.2.2 Condiciones de ejecución.-No se permitirá el uso de ninguna clase de libros, apuntes ni referencias bibliográficas. Se admitirá el uso de calculadoras no programables.

    2.2.2.3 Calificación de la prueba.-La calificación del primer ejercicio se obtendrá mediante la formula:

    P = A - (E/(n-1)),

    donde P es la puntuación obtenida en el correspondiente ejercicio, A es el número de preguntas acertadas, E es el número de errores y n es el número de opciones presentadas como solución.

    La calificación de cada uno de los ejercicios se ajustará a una escala de puntuación entre cero y diez puntos.

    La calificación de la prueba vendrá determinada por la media aritmética de las obtenidas en cada uno de los ejercicios.

    2.2.3 Prueba de Ciencias físico-químicas:

    2.2.3.1 Procedimiento.-Se realizará por el sistema que indique la resolución de la correspondiente convocatoria y constará de:

    Primer ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en un plazo no superior a dos horas, un test de un máximo de 100 preguntas sobre cuestiones teórico-prácticas de Ciencias físico-químicas.

    Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un plazo no superior a tres horas, los problemas planteados de Ciencias físico-químicas.

    2.2.3.2 Condiciones de ejecución.-No se permitirá el uso de ninguna clase de libros, apuntes ni referencia bibliográficas. Se admitirá el uso de calculadoras no programables.

    2.2.3.3 Calificación de la prueba.-La calificación de la prueba se realizará con los mismos criterios indicados en el apartado 2.2.2.3 del presente anexo.

    2.2.4 Prueba de Derecho constitucional y Lengua inglesa:

    2.2.4.1 Procedimiento.-Se realizará por el sistema que indique la resolución de la correspondiente convocatoria y constará de:

    Primer ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en un plazo no superior a treinta minutos, un test de diez preguntas sobre cuestiones de Derecho constitucional.

    Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en un plazo no superior a una hora, un test de cuarenta y cinco preguntas sobre conocimientos de Lengua inglesa.

    Tercer ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en un plazo no superior a una hora, un test de cuarenta y cinco preguntas orales formuladas en Lengua inglesa.

    2.2.4.2 Condiciones de ejecución.-No se permitirá el uso de ninguna clase de libros, apuntes ni diccionarios.

    2.2.4.3 Calificación de la prueba.-La calificación de la prueba se realizará con los mismos criterios indicados en el apartado 2.2.2.3 del presente anexo.

    La calificación del primer ejercicio se ajustará a una escala de puntuación entre cero y diez puntos, mientras que la del segundo y tercer ejercicios se ajustarán a una escala entre cero y cuarenta y cinco puntos.

    La calificación de la prueba vendrá determinada por la suma de las obtenidas en cada uno de los ejercicios, dividida por diez.

    2.3 Calificación final.-La calificación final del proceso selectivo se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en:

    Fase de concurso.

    Prueba de Ciencias matemáticas.

    Prueba de Ciencias físico-químicas.

    Prueba de Derecho constitucional y Lengua inglesa.

    Prueba psicotécnica.

    Los aspirantes serán ordenados de mayor a menor puntuación obtenida, ingresando por este orden en el correspondiente centro docente militar de formación, hasta cubrir el número de plazas convocadas, no pudiéndose declarar seleccionados a un número superior al de dichas plazas.

    2.4 Programas.-Los programas correspondientes a las distintas pruebas de conocimientos con separación, en su caso, por escalas, figuran en el apéndice A del presente anexo.

    APENDICE A

    Programas

  3. Ciencias matemáticas

    1.1 Escala superior.

    Tema 1. Matrices. Cálculo con matrices. Determinantes.-Matrices. Operaciones con matrices. Determinantes. Propiedades. Multiplicación y transposición de matrices. Matriz inversa. Regla de Cramer.

    Tema 2. Teorema de Rouché-Fröbenius.-Rango de una matriz. Cálculo del rango. Sistemas de ecuaciones diferenciales lineales. Teorema...

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