Real Decreto 1733/2000, de 20 de octubre, por el que se reconocen a efectos civiles los estudios conducentes a la obtención del título de Licenciado en Humanidades, de la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la Universidad Pontificia de Salamanca.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Noviembre de 2000
MarginalBOE-A-2000-19653
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

La Universidad Pontificia de Salamanca ha solicitado el reconocimiento a efectos civiles de los estudios conducentes a la obtenciÛn del tÌtulo de Licenciado en Humanidades, de la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales.

Dicha solicitud y reconocimiento encuentran su amparo en el Convenio de 5 de abril de 1962, sobre reconocimiento de efectos civiles de los estudios de ciencias no eclesi·sticas realizados en EspaÒa en Universidades de la Iglesia, y en el Acuerdo sobre enseÒanzas y asuntos culturales de 3 de enero de 1979, ambos suscritos entre la Santa Sede y el Estado EspaÒol, en relaciÛn con lo establecido en la disposiciÛn adicional tercera de la Ley Org·nica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en la disposiciÛn adicional segunda del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtenciÛn, expediciÛn y homologaciÛn de tÌtulos universitarios.

Teniendo en cuenta que el plan de estudios ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades y, por otra parte, lo preceptuado en el Real Decreto 913/1992, de 17 de julio, por el que se establece el tÌtulo universitario oficial de Licenciado en Humanidades y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtenciÛn del mismo, resulta procedente acceder a lo solicitado.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de EducaciÛn,

Cultura y Deporte y previa deliberaciÛn del Consejo de Ministros en su reuniÛn del dÌa 20 de octubre de 2000,

D I S P O N G O :

ArtÌculo 1
  1. Se reconocen a efectos civiles, conforme al rÈgimen del artÌculo 6 del Convenio entre la Santa Sede y el Estado EspaÒol de 5 de abril de 1962, los estudios conducentes a la obtenciÛn del tÌtulo de Licenciado en Humanidades, de la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la Universidad Pontificia de Salamanca, cuyo plan de estudios se contiene en el anexo.

  2. Dichos efectos civiles son los que, para los tÌtulos universitarios oficiales, se establecen en el artÌculo 1.1 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtenciÛn, expediciÛn y homologaciÛn de tÌtulos universitarios.

  3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios ser·n aprobadas por el Ministerio de EducaciÛn, Cultura y Deporte, previo informe del Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

ArtÌculo 2

El tÌtulo a que se refiere el artÌculo anterior se expedir· por el Rector de la Universidad Pontificia de Salamanca, de acuerdo con lo establecido en la disposiciÛn adicional segunda.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo.

Disposiciones Finales
DisposiciÛn final primera

Se autoriza al Ministro de EducaciÛn, Cultura y Deporte para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicaciÛn y desarrollo del presente Real Decreto.

DisposiciÛn final segunda

El presente Real Decreto entrar· en vigor el dÌa siguiente de su publicaciÛn en el 'BoletÌn Oficial del Estado'.

Dado en Madrid a 20 de octubre de 2000.

Juan Carlos R.

La Ministra de EducaciÛn, Cultura y Deporte,

Pilar Del Castillo Vera

(Anexo -ver p·gs. 1 a 7 del .pdf-)

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