Corrección de errores de la Orden de 29 de diciembre de 1987 por la que se modifican los recargos y descuentos aplicables a los suministros de combustibles y carburantes líquidos sujetos al Monopolio de Petróleos y a los procedentes de contingentes de la Comunidad Económica Europea.

MarginalBOE-A-1987-28788
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinis. de Relac. con las Cortes y de la Secr. del Gobierno
Rango de LeyCorrección
Jueves
31
diciembre 1987
......
_
..
~
MINISTERIO
DE
RELACIONES
CON
LAS
CORTES
YDELA
SECRETARIA
DEL
GOBIERNO
38367
ZAPATERO
GOMEZ
En la página 38177, primera columna, apartado primero,
punto
uno, letra e), suministros unitarios de fuelóleos mferiores a24
toneladas en camión cisterna, excepto buques de la Armada,
Marina de Pesca yMarina Mercante, donde dice: «De 10.000 a
14.999 kilogramos, 800 pesetasjtonelad3», debe decir: «De 10.000
a14.999 kilogramos, 600 pesetas/tonelada» .
Madrid, 30 de diciembre de 1987.
CORRECClON
de
errores
de
la
Orden
de
29
de
diciembre de 1987 por
la
que se modifican los recargos
ydescuentos aplicables a
los
suministros de combusti·
bies ycarburantes liquidos sujetos al
.~onopolio
de
Petróleos y a
los
procedentes de contingentes de
la
Comunidad Económica Europea.
Advertido error en el texto remitido para su inserción de la
citada Orden publicada en el «Boletín Oficial del Estadm) númerO
312, de
30
d~
diciembre de 1987, acontinuación se formulan las
oportunas rectificaciones:
28788
En su virtud, de conformidad con lo previsto en la Ley 45/1981,
de
28
de diciembre, yen el Real Decreto-Iey
5/l985,
de
12
de
diciembre, apropuesta conjunta de los Ministros
de
Economía y
Hacienda yde Industria yEnergía, yprevia aprobación del Consejo
de
Ministros en su reunión
de
30 de diciembre de 1987, he tenido
abien disponer.
Primero.-A partir de las cero horas del día Ide enero de 1988,
el precio de venta
al
público, impuestos incluidos, del gasóleo B
puesto en estación de servicio oaparato surtidor, será de
58
pesetas
por
litro.
Segundo.-El nuevo precio señalado en el presente acuerdo se
aplicará alos suministros pendientes de ejecución el día de su
entrada en vigor, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha
anterior.
Aestos efectos,
se
entiende que son suministros· pendientes de
ejecución aquellos que aún no
se
hayan realizado ose encuentren
en
fase de realización alas cero horas del citado día de entrada
en
vigor de la presente disposición.
Excmos. Sres. Ministros de Economía yHacienda yde Industria y
Energía.
978,67
988,52
705,67
511,85
320,36
873,73
115,91
209,33
488,76
172,96
395,67
918,38
............
'.
Aeródromos
Marseille
Milano
París
Porto
Porto Santo (Madeira)
'Praha
Sal
1.
(Cabo Verde)
....
Santa María (Acores)
Santiago (España)
Shannon
Tenerife .
Zuerich ... " .
"',,"
BüE
núm,
313
28787
ORDEN de
30
de
diciembre
de
1987 por
la
que
se
modifica
el
precio del gasóleo B
en
el
ámbito del
Monopolio de Petróleos.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos
acordó, con fecha 20 de octubre de 1985, igualar la carga fiscal de
los gasóleos AyB
en
un
plazo de trés años, aefectos
de
que
ambos
tipos de gasóleo tuvieran
el
mismo precio de venta al público.
En
cumplimiento
de
dicho acuerdo, el articulo 54, tres
de
la Ley
21/1986, de
23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para
1987, fijó en 11,50 pesetas por litro el Impuesto sobre
Hidrocarburos aplicable
al
gasóleo
B,
cuantía que la Ley 33/1987,
de
23 de diciembre, de Presupuestos para 1988, en el artículo 106,
seis, eleva a
18
pesetas por litro.
La completa equiparación de los precios de los gasóleos A y
B,
prevista para 1de enero de 1988, no ha de significar aumento de
costo para los usuarios que, según la normativa vigente, tengan
derecho ala devolución del citado Impuesto.

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