Real Decreto 853/2013, de 31 de octubre, por el que se indulta a don Miguel García Medina.

MarginalBOE-A-2013-12208
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Miguel García Medina, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección segunda, en sentencia de 16 de octubre de 2012, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga, como autor de un delito de falsedad en documento mercantil en continuidad delictiva, en concurso medial con un delito de estafa, a la pena de veintiocho meses y diecisiete días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de once meses con una cuota diaria de seis euros; y una falta de hurto, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2013,

Vengo en indultar a don Miguel García Medina la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 31 de octubre de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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