Real Decreto 1366/1977, de 8 de febrero, por el que se indulta a Agustín Orube Echeveste.

MarginalBOE-A-1977-14014
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
.13596
16
junio
1977
B.
O.
'del E.--Ni'Ím. 143
Vengo
en
indultar
a
Javier
Ortüzar
Ufibe
del
resto
de
la
pena
privativa
de
libertad
pendiente
de
cumplimiento
impuesta
en
la
referida
&entencia.
Dado
en
Madrid
a
ocho
de
febrero
de
mil
novecientos
se-
tenta
y.
siete.
JUAN
CARLOS
14016
ORDEN
de
27
de
abril
de
1977
por
la
-que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
del
Tri-
bunal
Supremo,
dictada
con
fecha
23.
de
febrero
de
1977,
en
el
recltrso.
contencioso-administrativo
in-
terpuesto
1JOr
et~argento
Legionarío
don
Francisco
Gómez
Bermeto.
,
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Justicia.
LANDELINQ
LAVILLA AL5INA'
El
Ministro
de
,Justicia,
LANDELINQ LAVILLA ALSINA
Visto
el
expediente
de~-indulto
de
Julián
Pumbo
de
Diego;
condenado
-
por
la
Audiencia
Provincial
de
Madrid
en
sentencia
de
dieciocho
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
cuatro.
como
autor
de
dos delitos
de
robo, a
la
pena
'de
unce
años
cuatro
meses
y
un
día
de
presidio
mayor
por
cada
uno
de
ellos, y
teniendo
en
cuenta
1as circunsta.ncias
que
concurren
en
10,3
hechos;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil
ochocientos
se-
tenta.
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
vein-
tidós
de
abril
de
mil
novecientos
treinta
y
OCho;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
sentenciad'()r, a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y.
pre-
via
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
GU
reunión
del
día
ocho
de
febrero
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
Vengo-en
indultar
a
Julián
Pamba de
Diego
de
una
cuarta
pa.rte
de
cada
una
de las
penas
privativas
de
libertad.
que
le
fueron
impuestas
en
)a
expresada
'Sentencia.
Dad\)
en
Madrid
a
ocho
de
febrero
de
mil
novecientos
se-
tenta
y
siete.
Excmo.
Sr.:
En
el
recurso
contenciOso-administrativo
seguido
en
única
instancia
ante
la
S~Ua
Quinta
del
Tribunal
Supremo,
entre
partes.
de
una.
como
p.emandante.
don
Francisco
Gómez
Bermejo.
Sargento
Legionario.
quien
postula
por
mismo,
y
de
otra,
como
demandada.
la
Administración
Pública,
represen-
tada
y
defendida
por
el
Abogado
del
Estadó,contra
resolución
del
Mini'3terio
del
Ejército
de
20
de
lunio
de
1972.'
se
ha
dICtadO
sentencia.
con
fecha
23
de
febrero
de 1977.
cuya
parte
dispositiva
es
como
sigue:
'«Fallamos:
Que
desestimando
la
pretensión
en
este
procesó
deducida
por
don
Francisco
Gómez
Bermejo.
Sargento
Legiona-
rio,
en
su
propio
nombre
y
representación,
frente
a
resoluc~o
nes
del
Ministerio
del
Ejército
de
dieci'3iet6
de
marzo
y
dIe-
cinueve
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
y
dos,
debemos
de-
clarar
yd€IClaramos
que
las
mismas
se
encuentran
ajustadas
a
derecho.
Sin
imposición
de
cOstas.
Asi
pOr
esta
nuestra
sentencia,
que
se
publicara
en
el
"Bo-
letín
Oficial
del
Estado"
e
insertará
en
la
"Colección
Legisla-
tiva".
definitivamente
iuzgan
lo
pronunciamos,
mandamos
y
firmamos,-
\
En
su
virtud,
este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
disponer
se
oumpla
en
sus
propios
términos
la
referida
sentencia,
publi-
cánd0'3e
el
eludid'O
fallo
en
el
«Boletín
Oficial
del
Estado
....
todo
e'11o
en
cumplimiento
de
lo preveni
en
el
articulo
105
de
la
Ley
de
lo
Contencioso-Administrativo
de
27
de
diciembre
de
1956
(
Oficial
del
Estado"
número
363),
Lo
que
por
la
presente
Orden
ministeria·!
digo
a
V_E.
para
su
conocimiento
y
efectos
consiguientes.
Dios
guarde
a
V.
E.
muc.hos
años.
Madrid,
27
d-e
abril
de
1977.
REAL
DECRETO
1365/1977,
de 8de
febrero,
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
Julián
Pamba
d~
Diego.
14013
14014
REAL
DECRETO
1366/1977,
:te 8de
febrero,
por
el
que
se
indulta
a
Agustín
Orube
Echeveste;
ALV
AREZ-ARENAS
Excmo.
Sr,
General
Si1bsecretario
del
Ministerio
del
Ejército.
14015
ALVAREZ.ARENAS
Excmo.
Sr.:
En
el
recurso
contencioso...administrativo
'3eguido
en
única
instanCia
ante
la
Sala
Quinta
del
Tribunal
Supremo,
entre
partes,
de
una.
como
demandante,
don
Francisco
Caama~
ño
Gonzál-ez,
quien
postula
por
si
mismo,
y
de
otra,
com:o
demandada,
la
Administración
Pública.
repr.esentada
y
defendI-
da
por
el
Abogado
del
Estado,
contra
acuerdo
de
la
Sal.&
~e
Gobi,erno
del
Consejo
Supremo
de
JU'3ticia
Militar
de
9
de
lumo.
de
1975,
se
ha
dictado
sentencia
con
fecha
1
de
marzo
de
1977,
cuya
parte
dispositiva
es
como
sigue:
«Fallamos'
Que
desestimand'O
el
recurso
contencioso-adminis-
trativo
interpuesto
por
don
Francisco
Caamaño
Gonzáloez,
Co-
ronel
HonorífiCQ
de
Intendencia
de
la
ArnUtda.
debemos
de-
clarar
y
declaramos
ajustados
al
ordenamiento
jurídico
los
acuerdos
dictados
por
el
Consejo
Supremo
de
Justicia
Militar
con
fecha
trece
de
marzo
de
mil
novecientos
'setenta
y
cinco,
nueve
de
junio
de
mil
noveCientos
setenta
y
cinco
y
veintiocho
de
noviembre
del
mismo
año,
que
desestimaron
la
patición
del
actor
de
que
le
fueran
reconocidos.
en
la
cuantía
señalada
para
los
Oficiales,
lós
trece
trienios
que
inicialmente
le
habían
sido
reconocidos
J)'Or
la
Administración.
Sin
hac-er
pronunciamiento
alguno
en
cuanto
al
pago
de
las
costas
causadas
en
este
I1ecurso
...
En
su
virtud,
este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
disponer
se
cmnpla
en
·sus
propios
términOs
la
referidasentenciEl..
publi-
cándose
el
aludido
fallo
en
el
«Boletín
Oficial
del
Estado"¡
todo
ello
en
cumplimiento
de
lo
prevenido
en
el
artículo
lOO
de
la
Ley
de
lo
ContenciosO-Administrativo
de
Z1
de
diciembre
de
1956
(
Oficial
del
Estado-
número
363).
10
que
pOr
la
presente
Orden
ministerial
digo
aV. E.
para
sil
conocimiento
y
efectos
consiguientes.
Dios
guarde
aV. E.
muchos
años,
Madrid,
27
de
abril·
de
1977.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Agustín
Oru'be
·Echeveste,
condenado
por
el
Tribunal
Oroen
Público
en
sentencia
de
diecisiete
de
novlembr~
de
mil
noveci&ntos
setenta
y
seis.
como
autor
de
un
delito
de
terrorismo.
a
la
pena
de
quince
años
de
reclusión
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
ciroun'3ta.ncias
que
conCUrren
en
lbs
hechOS;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil
ochocientos
se-
tenta,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
vein-
tidós
de
abrtl
de
ml1novecientos
treinta
y
ocho;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio·
Fi.soa.l
y
Oída
la
Sección
Quinta
de
la
Audiencia
Provincial
de
Madrid
a
pro~
puesta·
del
MinistI:o
de
Justicia
y
preVia
deliberación
del
Con-
selo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
ocho
de
febrero
de
mil
novecienf.o3
setenta
y
siete.
Vengo
en
indultar
a
Agustín
Orube
Echevaste
~el
resto
de
la
pena
privativa
de
libertad
pendiente
de
cumplimiento,
im-
puesta
en
la
expresada
sentencia.
Dado
en
Madrid
a
ocho
de
febrero
de
mil
novecientos
se~
tenta
y
siete.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Justicia,
LANDELINQ
LAVILLA
ALSINA
MINISTERIO
DEL
EJERCITO
REAL
DECRETO
1367/1977,
de 27
de
abril,
por
el
que
8e
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Real
y
Militar
Orden
de
San
Hermenegildo
al
General
de
Brigada
de
Anillería
don
Eduardo
Munilla
GÓmez.
En
consideración
a
lo
solicitado
por
el
General
de
Brigada
de
Artmerla
don
Eduardo
Munilla
Gómez
y
de
conformidad
con
lo
propuesto
por
la
Asamblea
de
la
Real
y
Militar
Orden
de
San
Hermenegildo,
Vengo
~
concederle
la
Gran
Cruz
de
la
referida
Orden,
con
la
8n
tigüedad
del
día
veintitrés
de
abril
de
mil
novecien.
tos
setenta yseis,
fecha
en
que
cumplió
las
condiciones
re-
glamentarias.
"
Dado
en
Madrid
a
veintisiele
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
ysiete.
JUAN
CARLOS
14017
ORDEN
de
27
de
abril
de
1977
par
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
del
Tri-
bunal
Supremo,
dictada
con
fecha
1
de
marzo
de
1977,
en
el
recurso
oontencioso-administrat~vo
i~
terpuesto
por
el
Coronel
de
Intendencia
de
la
Ar·
macla
don
Franoisco
Caamaño
González.
El
Minlstro,deJ.Ejérclto,
fELIX ALVAREZ-ARENAS yPACHECO
Excmo.
Sr.
Teniente
General
Presidente
del
Consejo
Supremo
de
Justicia-
MiUtar.

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