Real Decreto 94/1984, de 11 de Enero, sobre Estructura del Instituto nacional de la Salud.
Marginal | BOE-A-1984-1455 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Juntas Electorales Provinciales |
Rango de Ley | Real Decreto |
Ante la necesidad de actualizar la normativa reguladora de la estructura del Instituto Nacional de la Salud, de acuerdo con los cometidos que corresponden a la expresada Entidad Gestora, como consecuencia de los cambio estructurales que en el contexto de la organizacion de la Administracion publica procede introducir, tanto por lo que se refiere a la funcionalidad de dicho Instituto en si como por lo que respecta a las perspectivas autonomicas que de modo especial le afectan , se ha considerado la pertinencia de regular de modo completo los temas relativos a la estructura organica de que ha de ser dotado en su Ambito central para el cumplimiento de dichas funciones En su virtud, a iniciativa del Ministerio de Sanidad y Consumo y a propuesta del Ministro de la Presidencia del Gobierno, previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 11 de enero de 1984 , dispongo:
Del Real Decreto 1855/1979, de 30 de julio, por el que se regula la estructura y competencias del Instituto Nacional de la Salud, que, referidos a su organizacion central, quedan redactados en los siguientes terminos:
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La Direccion General del Instituto asumira las competencias de Direccion, gestion e inspeccion de las actividades del mismo para el cumplimiento de sus fines
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El Director General del Instituto , que asumira la representacion legal del mismo, sera nombrado y separado libremente de su cargo por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Sanidad y Consumo
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A La Direccion General del Instituto se adscribira organicamente la intervencion central, sin perjuicio de la dependencia de esta con respecto a la Intervencion General del Estado y la Intervencion General de La Seguridad Social
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Asimismo se adscribiran a La Direccion General los Organos de apoyo a sus funciones y de relacion con los medios de comunicacion social>
La Secretaria General, con nivel organico de Subdireccion General, ejercera las competencias y funciones en materia de registro, documentacion, relaciones publicas y Asesoria Juridica, asi como la informacion y asistencia tecnica a los miembros del Consejo General
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Tambien tendra a su cargo las funciones de coordinacion de cuantos asuntos afecten a la competencia de diversas Subdirecciones Generales, asi como la materia relativa a los temas de investigacion y docencia y de prestaciones farmaceuticas
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El Secretario General sustituira al Director General del Instituto en los casos de ausencia, enfermedad o vacante>
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Por razones de Agrupacion funcional se constituyen en la estructura central del Instituto, los siguientes Organos, con rango de Subdireccion General
-Subdireccion General de Atencion Primaria y medicina laboral, que tendra a su cargo los asuntos relacionados con la medicina preventiva y ordenacion de acciones para la gestion de asistencia primaria y los de medicina laboral
-Subdireccion General de atencion hospitalaria, que ejercera las funciones relacionadas con la ordenacion y evaluacion de acciones para la gestion hospitalaria , asi como con los conciertos
-Subdireccion General de Gestion Economica , a la que corresponderan, ademas de las funciones de planificacion , estudio y coordinacion economica, los asuntos relativos a la gestion presupuestaria, asi como el desarrollo de los Sistemas Informaticos y la evaluacion y Control de la Gestion
-Subdireccion General de Personal, que tendra a su cargo los asuntos relacionados con el Regimen Juridico y control del personal, la actualizacion de plantillas y la seleccion de personal, asi como el Regimen Disciplinario y de recursos
-Subdireccion General de Relaciones autonomicas, con las funciones de cordinacion de cuantos asuntos se refieran al desarrollo del Proceso Autonomico y a la promocion de la Cooperacion Tecnica
-Gerencia de obras, instalaciones y suministros, que tendra a su cargo la mision de proyectar, dirigir, coordinar y ejecutar los planes y programas del Instituto Nacional de la Salud en materia de obras , instalaciones y suministros, asi como los relacionados con la hosteleria de los centros sanitarios y sus Servicios Generales
-Subdireccion General de Inspeccion de Servicios Sanitarios, que desarrollara las funciones de inspeccion de los Organos del Instituto, asi como de su personal, centros y Servicios Sanitarios, y de los conciertos o convenios, tanto en los aspectos sanitarios como administrativos
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por El Ministerio de Sanidad y Consumo, previa aprobacion de Presidencia del Gobierno, se determinaran cuantas unidades inferiores al nivel organico de Subdireccion General hayan de Integrar la organizacion central del Instituto>
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El Secretario General del Instituto, asi como el Gerente de obras, instalaciones y suministros, seran nombrados y separados libremente por el Ministro de Sanidad y Consumo, a propuesta del Director General de Instituto
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Los titulares de las restantes unidades con nivel organico de Subdireccion General seran nombrados y separados de sus cargos libremente por el Ministro de Sanidad y Consumo, a propuesta del Director General del Instituto entre el personal de la Seguridad Social o Funcionarios de la Administracion del Estado
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Los titulares de las demas unidades organicas seran nombrados por El Director General del Instituto entre funcionarios de la Seguridad Social>
Primera .-el numero y nivel de los puestos organicos que puedan derivarse del presente Real Decreto no podra superar el numero y valoracion de los actualmente existentes, sin que en ningun momento se produzca aumento de gasto del sector publico
Segunda.-el Ministro de Sanidad y Consumo, previa aprobacion de la Presidencia del Gobierno, dictara las disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento del presente Real Decreto, que entrara en vigor el mismo dia de su publicacion en el
Quedan derogadas, en cuanto se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto, aquellas disposiciones de identico o inferior rango, y de modo especial lo que sobre la materia se contiene en el Real Decreto 2001/1980, de 3 de octubre; Real Decreto 320/1982 de 12 de febrero , y orden de 20 de mayo de 1981, por la que se creo la Gerencia de obras, instalaciones y suministros del Instituto Nacional de la Salud
Dado en Madrid a 11 de enero de 1984.-Juan Carlos R.-el Ministro de la Presidencia, Javier moscoso del prado y Muoz