Real Decreto 3382/1981, de 27 de noviembre, por el que se declara conjunto histórico-artístico la ciudad de Jumilla (Murcia).

MarginalBOE-A-1982-1732
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyReal Decreto
25
en
ero
1932
1732
"
'''e
:>.~
.~
"
."
1799
JUAN
CARLOS
R'.
El
Ministro
de
Cultura,
IÑIGO
CAVERO
LATAILLADE
ANEXO
QUE
SE
elT
A
Artículo
primero
-Se
declara
conjunto
histórico-artíst;co~
la
ciudad
de
Mula
(Murc.ia),
según
delimitaCión
que
figur.a en
el
plano
unid')
al
expediente
y
que
se
publica
como
~anexo
a)a
presente
disp'-}sición. '
_
Artículo'
segundo:-La
tutela
y
defensa
de
este
conjunto,
que
queda
bajo
la
protección
del
Estado,
será
ejercida
a
través
de
la
Dirección
Generál
de
B~liaB
Artes,
Archivos'
y
B;bliotecas,
por
el MinistAr.io
de
Cultura
el
cual
'queda
facultado
para
dictar
cuantas
dispOSiciones
sean
necesarias
pera
el
mejor
desárro1Jo
dei
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
'a
veintisiete
de
noviembre
de
mil
nove-
cientos
o~henta,
y
uno.
DISPONGO,
Conjuntos
im;:crtantes,
dentro
de
la
ciudad,
50n
el
formado
por
el
Templo
de
Santo
Dommgo
que
determma
un
gran
espac¡O
abierto
dando
;ugar
a
la
plaza-'
que
lleva
su
nombre
y
le.
plaza
que
alberga
los
,"principales
edific'os
repres.entativos
de
la
ciudad
como
son
e.l
Ayuntamiento,
construcción
de
carácter
nco·~lá~
sico.
la
torre
de]
reloj
del
siglo
XVlII· y
la
Iglesia
mayor
de
&m
Miguel.
edificada
en
er
XVII.
La
ciudad
dE:
Mula
puede-considerarne,
por
tanto,
como-:.
un
conjunto
arqú,tectónico
y
artístico
importante,
cat:acterístico
dentro
de
la.
región.
murciana,
manteniendo
un
ambiente
hIS-
tórico,un
sabor
de
época
y
una·uniformidad
artística
que
deben
ser
conservado!.
Todos
esto.;
valores
sólo
pueden
ser.
salvaguardades
mediante
la
oportuna
de?Jaración,
como
se
acredita,
en
los
-informes
que
en
el
expediente
figu;an,
de
la
Real
Aca-demia
de
Bellcus
Artes
de
Sah
Fernando
y
de
'los
Servicios
Técnicos
de
eosta
Direc~ióil
Generai
de
Bellas
Artes,
Archivos
yl
Bibliót-ecas.. _
En
.~u
v:rtud,
de
acuerdo
con
'lo
dispuesto
,en
los
articulas
tercero.
catorce,
quince
y
treinta
y
tres
.de
la
Ley
de
trece
de
mayo
de
mI,
novecientos
treinta
y.tres, y
diecisiete,
dieciocho
y
diecinueve
del
Reglamento
para
'su
a.plicación
de
dieciséis
de
abril
de
mil
novecientos
treinta
y
seis,
a
propuesta
del
Ministro
de
Cultura,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Minis-
tros
en
su
reunión
del
día
veintisiete
de
noviembr:e
de
mil
nov.e-
cientos
ochenta
y
uno,
B.
O.
del
'K-Núm.
21
Artículo
primero.-Se
declara
conjunto
histórico~artístic-o
la
ciudad
,de
Jumilla
lMurc'aJ,
s-:-gún
delimitación
que
figura
en
el
plél.no
unido
ül
expediente
y
que
se
publica
como
anexo
a,
la
pres(·mte
dispusiclón.
~
A,rtr-::ul?
segundo.-~
tu'(€la y
defensa:
de
este
conjunto,
que
queaa
baJo
la.
pr"otecc;ón
del
Estado,.
será
ejercitada
a
través
de
la
Di~~ción.
General
de
Bellas
Az:tes,
Archivos
y
Bib~iotecas,
por
el
MI~lsteno
de
Cultura,
el
cual
queda
facuItado
para
dictar
cuanlci-s
d1SP')S~cJOnes
3-ean
necpsarias
para
el
mejor
desarro!lo
del
presente;
Rea!
Decreto.
D{ldo
~en
Madrid
a
vein~isicte
de
noviembre
'de
mil
nove-
cientos
ochenta
y
uno.
REAL
DECRETO
3382/1981,
de
27
de
noviembre.
por
el
que
se
declara
con;~nto
histórico-artis;tcfJ
la
ciudad
de
Jumillá
JMurcLQ).
. . '
La
ciudad
de
Jumilla
está
situada
en
la
cima
de
una
estr1-
bación
occidental
de
la
sierra
dE
Buy
por
cuyas'
faldas
meri-
dionales
se
extiende
la
población,
que
anteriormente
estuvo
dentro
dlrl
.recinto
amurallado
del
castiHo.
TodJ
el
conjunto·de
Jumil1a
constituye
uno
de.
los
principales
e
ínt")resantes
comp¡ejos
en
el
panorama
de
la
arqUltectura
regional
murciana,
tanto
por
la
excepcional
grandiosIdad
y
cohe-
rencia
de
caaa
uno
de
slls
monumentos,
como_
por
la
alta
calidad
de
IS'5
obras
de
arte
que
se
conservan
en
las
iglesias
y'
en
edi-
ficios
civiles,
abunda-n
tes.
en
esta
ciuQ:ad.
En
el
casco
urbfino
se
diseminan
palacios
y
casas
blaso·
nadas,
cuya
mayor
riqueza
la
componen
los
balcones,
rejas
y
portones
de
una
escuela
importante
y
caracteristica
que
es
la
;uml11ana.
La
importancia
y
trascendencia
de
este
conjunto
histórico-ar-
tístico
en
la
h.isto"ia Y
en
el
arte'
de
la
región
murc!ana
han
sido
reconDcidas
en
e-l
jnf~)rme
8miEdo
.por
la
Real
ACademia
de-
BeHas
.A~rtes
de
Sa.n
Fer'nando
en
relación
con
el
expediente
incoado
por
la
Dirección
Ceneral
de
Bellas
Artes,
Archivos
y
Bibjotocas
6cbre
el
citado
conjunto.
En
su
virtud,
de
acuerdo
con
lo
d;spue.sto
en
los
artículos
tercero,
catorce,
quince
y
treinta
y
tres
de
la
Ley
de
trece
de
mayo
de
mil
noveCientos
treinta
y
tres,
y
diecisiete,·dieciocho
y
diecinueve
del
Reglamento
para
su
aplicación,
de
dieciséis
de
abril
de
mil
novec·entos
treinta
y
seis,
a
propursta
de!
Ministro
de
CuHura
yprev¡G
deliberación
del
Conse-io
de
Ministrasen
su
r€unión
de
dio.
veintIsiete
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno,
.
DISPONGO,-
[
.
i
(
..
,
JUAN
CARLOS
R.
ANEXO
QUE
SE
CITA
El
Ministro
de
Cultura.
lÑIGO
CAVERO
LATAILLADE
1734
REAL
DECRETO
3384/1981,
de
,27
de
noviembre,
por
el
que
se
declara
monumento.
h:.':fórico
.artls-
tico,
de
carácter
nacional.
/;a
lqlesJa
ParroqUIal
de
la,
Nati"idad
o
de
la
Asunción,
en
Arenzana
de
Abajo
(Rioja),
El
Templo
parroquial
de
Arenzana
de
Abajo
es
un
intere.sante
ejemplar
de
iglesia.
de
tipo
salón
de
tres
naves
de
cuatro
trEimos
rernatEldas
por
ábs'des,
de
los
que,
al
exterior
s610
se
ac
u:a
el
central.
modelo
mll.y
extendido
en
diversas,
z0!1as
de
Espa~a
durante
el
siglo
XVI.
Se
cubre
toda
ella
con
bovecas
de
cruc.ena
estrellada
con
combados
curvoS
sobre
arcos
apuntados
y
pllas·
tras
'octogoruleS
de
basa
gotizante,
,
Una
de
las
notas
más
importantes
de
esta
Iglesia
es
l~
t."1-
queza.
decorativa
del
coro
alto
que
recuerda
,:,,1'
de
San
MIllan
..
Delimitación
del
conjunto
histónco~artistico
de
Mula
(Mu,rcia)
La
delimitación.'
del
conjunto
hiBtórico-artístico
de
Mula,
transcurre
desde
el
cruce
de
la
avenida
Juan
Antonio
de
Pere.a
~
con
la
talle
de
Postigos,
siguiendo
por
la
primera,
hasta
llegar
al
Convento
de
la
Concepción
de
Religiosas
de·
San
Francisco
en
donde
gira
para
englobar
en
su
totalidad
los
limites
de
propie-
dad
de
las
parcelaCiones
con
números
impaT€s
de
la
avenida
Juan
Antonio
de
Perea,
cruzando
la
avenida
de
la
Est..'1ción
hacia
la
calle
Teresa
Jornets,
continúa
abarcando
las·
m8.nZF.nas
impares
de
la
aVenida
de
Juan
Antonio
de
Perca.
¡cruza
ésta
hacia
la
calle
Emeterio
Cuadrado,
continuando
hada
el
casco.
urbano
por
dlcha
calle,
-doblando
en
ángulo
recto
hacia
la
avenida
de
la
Di~rlsión
Azul
y
cruzando
ésta,
atraviesa
en
linea
recta
la
manz.ann
para
salir
por
detrás
de
la
misma
a
la
cfl:l1e
Ollerias
y
englobando
las
manzanas
impares
de
dIcha
calle
para
seguir,
doblando
a
la
izquierda
paralela
a
la
calle
de
Carrete
da
,
una
distancia
de
veinticinco
,metros
aproximadamr:mte
ala
calle
del
Atarre
y
paralela
a
ésta,
englobando
la
manzans.,
dobla
hacia
la
calle
de
las
Monjas
en
una
distancia
de
t¡-einta
t'"
cinco
metros
apro:~imadamente
de
la
calle
del
Santo,siguÍ{;1ll-
do
por
la
calle
Las
Monias,
englobando
la
totalidad
del
harrio
de
la
calle
Alta
bordeando
la
coana
del
castillo
en
distancias
de
ciento
ochenta,
doscientos
treinta
y
doscientos
metros
nproxi·
mRdamente
en
planta
ltomados
a
iz~uierda,
centro
1¡'
derecha
del
plano),
para
enlazar
con
el
barrio
del
Puntarrón.
atmve-
sancto
éste
hasta
la
calle
de
la
Fuensanta
siguicnrlo
hacia
la
calle
Postigos
y
conti.nuando
por
ésta
hasta
el
punto
de
enlace
en
"la
avenida
Juan
Antonio
de
Perca.
REAL
DECRETO
3383/1081.
de
27
de
nQviembre,
por
el
que
se
declara
ConJunto
Histórico-Artístico
la
ciud::Ld
de
Mufa
(Murcia).
1733
La
ciudad
de
Mu~a
se
encuentra
situada
en
la
falda
de
un
p.equ€'ño montICl.l\o,
extendiéndose
hacia
ias
zonas
de
cultivo.
Constituve
uno
de
los
princiDales
recintos
históríco-artísticos
de
la
región
no
sólo
por
la
importancia
de
sus
edificios
sino
también
por
el
trazado
urbano
de
la
ciudad,
como
se
aprecia
en
.a
zona
que
dB~f'mboca
en
el
Real
Ccnvento
de
la
Encarna-
ción
omplejr
8onvfOntual
constituido
por
la
iglesia
-ccn.'.tru'da
en
Jo::
s,,,'v~
X\'Il-!
rl
cuerpo
residencial
con
un
chustro,
le
tOr"ft'
del XVI y
dlVerS{1'>
espacios
y
lccal€6
anexos
que
inte-
gran
In
totalidad
del
recinto.
Dclimitació'l
del
con/unto
histórir;o"artisUco
de
Jumilla
(Afurcia)
El _conjunto
hi::;tórko-artístico
de
Jumill
a
queda-
definido
por
una.
envelv.ente
que
partiendr.l
del
barranco
de
Jumilla
y
trans-
curriendo
por
su
'Jie.
Va
.haCia
la
calle
deI
Barón
d~l
Sajar,
g:rando
por
el
CaI:ejón
del.Pasico
para
continuar
p'aralela.
mente
a
la
calle
anterior
sekún
les
fondos
de
parcelación
de
la
calle
Gastelar,
crUZando
el
calJeión
del
Chorro
y
la
calle
de
San
Antón
para
ir
paralelo
a
la
aceqUllia y
cruzar
el
Portillo
de
los
Milanos
hacia
la
::alle
de
la
Ribcra,s~guiendo
los
fondos
de
p.arceIa.
paral~!.amente
a
la
calle
de
CánQvas
del
Castillo,
cru-
z'.illdo
le.s
calles
de
Ramón
y
Cajal,
Dionisia
Guardiola"
y
calIe
de
los
Paso'- haCIa
la
Rambleta
de:
Convento
en
donde
se
cruza
para
salir
[t
la
calle
del
Cura
Navarro,
sigue
de
forma
para!ela
a
la
crJle
d~
Ca.n0vas
del
Castillo
por
101}
fondos
de
parcelación
de
numeraCión
Impar,
atravesa'ndo
la6
calles
de
r>ionisio
Gua.r.
diola,
Albano
~1artínez.
Ramón
y
Cajal
~.
Roque
Martinez,
hacia
la
calle
del
P1l.ar
para
virar
por
la
calle
Amargura
hac;a
.la
calle
de
Canalejas,
pasando
por
ésta
y
voh;icndo
hacia
la
ca!le
de
la
Amargura
para
seguir
b[lrr1,,>ando
la
ladera
dBI
monticulo
del
Ca.stillo
por
]a
calle
de
la
Acerica
continuando
por
]a
calle
C3.ntD-rcr.as y
cruza
para
finalizar
en
la
Rambla
de
Jumilla
en
donde
comenznba.

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