Real Decreto 3210/1982, de 12 de noviembre, por el que se declara de interés social el proyecto de las obras de construcción del Centro «Alcaste», en Logroño.

MarginalBOE-A-1982-31087
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto
32580
28
noviem
lire
t982
BOE.-Núm.
284
31089
31087
31088
31090
Los efectos
de
este
Real
Decretq
se
habrán
de
ed.tender
con~
dicionadoB a
lo
establecido
en
la
Ley
catorce/mil
novecientos
setenta.
de
cuatro
de
agosto,
Géneral
de
Educación y
F~cia
miento
de
la
Reforma
Educativa
y
disposiciones
que
la
des~
arrollen.
Dado
en
Madrid
adoce
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta'
ydos.
El
Ministro
de
Educación
Y
Ciencia,
FEDERICO MAYOR ZARAGOZA
REAL DECRETO
'1210/1982,
de
12
de
noviembre,
por
el
que
se
declara
de
interés
social
el
proyecto
de
las
obraS
de
construcc,ón
del
Centro
.Aleaste-,
en
Lo--
graño.
...
En
virtud
de
expediente
reglamentario,·
a
propuesta
del
Mi·
nistro
de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
doce
de
noviembre
mil
no-
vecientos
ochenta
ydos,
DISPONGO,
Articulo
único.-Se
declara
de
interés
social. a
tenor
de
lo
establecido
en
la
Ley
de
quince
de
Julio
de
mil
novecientos
cin~
cuenta
y
cuatro
y
en
Decretos
de
veinticinco
de
marzo
de
mil
novecientos
cincuenta
y
cinco
y
de
nueve
de
agosto
de
mil
no-
cientos
setenta
y
cuatro,
a
todos
los
efectos
excepto
el
de
la
expropiación
forzosa
y
con
el
presupuesto
de
ejecución
consi~
derado
por
eJ
Ministerio
de
_
Educación
y
Ciencia,
el
proyecto
de
l&EI
obr~
de
constrUcción
del
Centro
_Alcaste_,
en
LogroñO,
ubicado
en
el
poligono
dos,
parcela
treinta
y
dos,
para
tres
unidades
de
Educación
Preescolar
y
ocho
de
Educación
General
Básica.
El
expediente
ha
sido
promovido
por
don
Fernando
Garc1a
Monasterio,
en
su
condición
de
Presidente
de
la
Sociedad
peda~
gógica
.Centros
Riojanos
Educativos,
Sociedad
-Anónima,...
LoS"
efectos
de
este
Real
Decreto
se
habrán
de
entender
con-
dicionados
alo
establcctdo
en
la
Ley
catorce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro
de
agosto,
General
de.
Educación
y
Financia-
miento
de
la
Reforma
Edy.cativa y
disposiciones
que
la
des-
arrollen.
Dado
en
Madrid
adoce
de
noviembre
de
míl
novecientos
ochenta
ydos.
JUAN
CARLOS
R.
El
MinIstro
de
Educación
y
Ciencia,
FEDERICO MAYOR ZARAGOZA
REAL
DECRETO 3211/1982,
de
12
de
noviembre.
por
el
qus
'8
declara
de
interés
social
el
proyecto
de
la.
o~ras
de
ampltación
del
Centro
escorar
privado
denoininado
.La
FloridcP
.•
ito
en
Cat4rroja
(Va-
lencia).
En
virtud
de.
expediente
reglamentario,
a
propuesta
del
Mi-
nistro
de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
doce
de
noviembre
de
mil
no-
vecientos
ochenta
ydos.
DISPONGO,
Ártfculo
único.-Se
declara
de
interés
social, -8
tenor
de
lo
establecido
en
1&
Ley
de
quince
de
'ulio
de
mil
novecientos
cin-
cuenta
y
cuatro
y
en
Decretos
de
veinticinco
de
marzo
de
mil
novecientos
cincuenta
y
cinco
y
de
nueve
de
agosto
de
mil
no-
cientos
setenta
y
cuatro,
a
todos
los
efectos
excepto
el
de
la
expropiación
forzosa
y
con
el
presupuesto
de
elecución
consl·
derado
por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia.
el
proyecto
de
las
obras
de
ampliación
de
doscientos
noventa
puestos
es-
colares
de
Fonnación
Profesional
en
un
Centro
ya
existente
para
completar
un
total
de
eetec1entoe
veinte
puestos
esoclares.
denominado
.La
Florida_, s.ito en
Catarroja
(Valencia).
.El
expediente
ha
sido
promovido
por
don
Enrique
Luján
Fol-
gado,
en
su
condición
de
Presidente
del
Patronato
Interparro-
quinl
.La
Florida_,
titular
del
mencionado
Centro.
Los efecto;,
de
este
Real
Decreto
se
habrán
de
entender
COD·
dicionados
a
lo
establec!do·
en
1&
Ley
catorce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro
":le
agosto,
General
de
Educación
y
Financia-
miento
de
.la
Reforma
Educativa
y
dlspos~cionell
qUe
1&
des-
arrollen.
.
Dado
en
Madrid
adoce
d,
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
dos.
JUAN
CARLOS R.
El
MInistro
de
Educación
y
Ciencia,
FEDERICO MAYOR ZARAGOZA
REAL
DECRETO
~12/1982.
de
12
de
noviembre.
por
el
ti""
..
declaran
de
tnteré,
lOCiGl
preferente
laf
obras
de
.ampliación
de
la Bscuela
Superior
de
Ad-
ministración"
y
Dirección
de
Empresas (ESADEJ.
de
Barcelona
En
virtud
del
expediente
reglamentario
y
considerando
que
concurren
en el mismo
las
circunstancias
previstas
ein
t.l
articulo
primero
del
Decreto
dos
mil
quinientos
ochenta
y
nueve/mil
no-
vecientos
setenta
f
cuatro.
de
nueve
de
agosto.
apropuesta.
del
M¡'ntstro
de
Educación
yCienCJ8 y
previa
deliberaci6~
del
Con-
se
o
de
Ministros
en
8U
reunión
del
día
doce
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochent8¡ ydos.
DISPO
N
GO,
Artículo
único.-Se
declaran
de
interés
soetal
preferente,
a
tenor
de
10
establecido
en
la
Ley
de
quince
de
julio
de
mil
no-
vecientos
cincuenta
y
cuatro.
Decreto
de
veinticinco
de
mayo
de
mil
novecIentos
cincuenta
y
cinco
y
Decreto
dos
mil
qu~nien
tos
ochenta
y
nueve/mil
noveciento",
setenta
y
cuatro.
de
nueve
-
de
agosto
a
todos
los
efectos.
excepto
el
de
1&
expropiación
far·
zosa.
las
~bras
de
ampliación
de
la
ESC,uela
Superior
de
Adw-.
nistración
y
Direcclón
de
Empresas
(ESADE),
de
Barcelona.
La
petición
ha
sido
formulada
p,or
la
Sociedad
.•
Enseñanza
y
Formación.
Sociedad
Anónima-,
tItular
de
la
cItada
Escuela.
'Dichas
obras
se
consideran
de
interés
social
especialmente
cua-
lificado,
alos
efectos
de
lo
dispuesto
en
el
articulo
catorce
del
Decreto
de
veinticinco
de
mayo
de
mil
novecientos
cincuenta
y
cinco
y
de'
la
posibilidati
de
obtención.
de
préstamos
hasta
el
cien
por
cien
sobre
el
presupuesto
estimado
protegible
por
este
Ministerio.
"
Los
efectos
.de
este
Real
Decreto
se
habrán
de
entender
con-
dicionadOs alo
establecido
en
la
Ley
catorce/mil
novecie.ntos
~e
tenta,
de
cuatro
de
-
agosto,
General
de
Educación
y
Fmancla·
miento
Y
disposiciones
que
la
desarrollan.
'
Dado
en
Madrid
a
doce,
de
novi~mbre
de
mil
novecientos,
ochenta
ydos.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Educación
y
Ciencia,
FEDERICO MAYOR ZARAGOZA
ORDEN
de
al
de
septiembre
de
1982
por
la
qu.e
se
reconoce,
clasifica
e
inscri~e,
com.J
Fulld~dón
Docente
privada,
de
financiaCIón,
Ln
den0'?1'tnada
Fundación
.María
Josefa
Becto-,
de
Madrid.
'Umo.
Sr.:
Visto
~l
expediente
de
reconocimiento,
clasifica-
dóne
inscripción
en
el
Registro
de
las
Fundaciones
Cult~rale.
Privadas
de
la·
Fundación
.María
Josefa
Recio_, .de
Madr~d,
y;
Resultando
que
mediante
oficlo
de
la
·DireccIón
Provlllcial
del
Ministerio
de
Educación
y_Cienda
de
Madrid.
de
fecha
29
de
abril
último,
fue
remitido
a
la
Subdirección
General
de
Re-
cursos
y
Fundaciones,
la
solicitud
y
documentación
adJunta,
de.
ducida
por
doña
Maria
Cruz
Arrondo
Oses.
Secretaria
del.
Pa.-
tronato
de
la
Fundación
..
Maria
Jo.sefaReclo-,
por
la
que
se
lnteresa
el
reconocimiento,
clasificación
e
inscrIpción-
de
la
misma;
Resultando
que
-en
escritura
pública
número
1.027.
~e
fecha
29
de
ma.yo·
del
pasado
afta,
autorizada
por
el
Notario
de
esta
capital
don
Ignacio
Sol1,s
Villa.
se
procedió
por
voluntad"
Y,
d~
cisión
de'
doña'
M&rfa
Doloras
Aldaba
Aranguren.
a
inshtutr
la
citada
Fundación
docente
privada,
a
la
que
se
dotó
con
un
capital
iniCial
de
tres
mlllQneB (3.000.000)
de
pesetas
que
fueron
depositadas
a
nombre
de
la'
Institución
en
la
Caja
Rural
Pro-
vincia!
de
Palencia
la
cual
seria
representada
y
gobernada
por
un
Patronato
ii:I.tegrado
por
las
siguientes
personas:
Pre-
Bidente,
reverenda
Madre
doña
Ma.rya _
Pilar
Nu!n
Tirapu;
Vi-
cepresidente.
reverenda
Madre
doña
Maria
Cruz
Beortegu1
Arrondo·
Vocal
reverenda
Madre
doña
Maria
Josefa
Jáuregui
Go'rraiz;'
Tesorera,
reverenda
:Madre
doña
Maria
Asc~nsión
Mar-
tlareria
Ecay, y
Secretaria,
reverenda
Madre
doña
María
Cruz
Arrondo
Oses
de
todas
ias
cuales,
que
constituyen
el·
Consejo
Provincial
de
'la
Congregación
de
Hennanas
Hospitalarias
del
Sagrado
Corazón
de
Jesús,
constan
sus
circunstancias
personales
fdomicilios, as!
como
la
aceptación
expresa
de
sus
ca,rgosj
Resultando
que
en
la
precitada
escritura
se
contlfmen
los
Estatutos
por
_
los
qU&
habré.
de
regirse
la
Funda.ción,
de
loa
que
se resea."a Id
que
sigue: /
1. El
domicilio
se
establece
en
la
calle
del.
Pintor
Ribera,
nOmero 12,
pudiendo
ser
trasladado-
a
otro,
lugar,
por
acuerdo
del
Patronato,
dando
cuenta
de
ello
al
Protectorado.
2. La
Fundación
se
tipifica
como
de
finan<:iaci>
3,
El
obleto
y
finalidad
es
la
concesión
de
becas
y
ayudaa
para
nidos
subnormales
que
sean
atendid08
en
l_os
Colegios
de
Educación
Especial
siguientes:
-Inmaculada
Concepción-,
de
Con-
cejo
de
Siero
(Oviedo)¡
.Nuestra
Señora
de
l&EI
Mercec;ies-,
de
Burgos
-e
Instituto
Médico
Pedagógico
..
Nuestra
Señora
del
Sa-
grado
Corazón
de
Je.sús-,
de
La
Coruna.
También
tendré.
como
finalidad,
en
segundo
lugar,
la
concesión
de
becas
y
ayudas
de
permanencia
en
los
Centros
de
adultos
regidos
por
las
Her:-
manas
Hos.pitaJariaa
del
Sagrado
Cora.zón
de
Jesús,
en
la
pr()o.

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