REAL DECRETO 226/1998, de 16 de febrero, por el que se homologa el titulo de ingeniero tecnico industrial, especialidad en quimica industrial, de la escuela universitaria politecnica del medio ambiente de mollet del valles, adscrita a la universidad autonoma de barcelona.
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Marzo de 1998 |
Marginal | BOE-A-1998-5571 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Real Decreto |
Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Ingeniero técnico Industrial, especia lidad en Química Industrial, de la Escuela Universitaria Politécnica del Medio Ambiente de Mollet del Vallés, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona, por Decreto 27/1997, de 30 de enero, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.
Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; el Real Decreto 1405/1992, de 20 de noviembre, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero técnico Industrial, especialidad en Química Industrial, y las directrices generales de los planes de estudio conducentes a la obtención de aquél y demás normas dictadas en su desarrollo.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de febrero de 1998,
D I S P O N G O :
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Se homologa el título de Ingeniero técnico Industrial, especialidad en Química Industrial, de la Escuela Universitaria Politécnica del Medio Ambiente de Mollet del Vallés, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.
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Al título a que se refiere el apartado anterior le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.
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Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
El título a que se refiere el apartado anterior se expedirá por el Rector de la Universidad Autónoma de Barcelona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.
Por la Ministra de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 16 de febrero de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación y Cultura,
ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA