RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2003, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo 146, de solicitud de determinación del importe de las retenciones, que pueden presentar los contribuyentes perceptores de prestaciones pasivas procedentes de más de un pagador, y se determina el lugar de presentación de dicha solicitud.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Enero de 2003
MarginalBOE-A-2003-808
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

El artÃculo 79.3.a) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas ('BoletÃn Oficial del Estado' del 10), en la redacción dada al mismo por el artÃculo cuadragésimo primero de la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas y por la que se modifican los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes ('BoletÃn Oficial del Estado' del 19), fija en 8.000 euros anuales el lÃmite excluyente de la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos Ãntegros del trabajo procedentes de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantÃa, supere en su conjunto la cantidad de 1.000 euros anuales. No obstante, dicho lÃmite se amplÃa, con carácter general, hasta 22.000 euros anuales cuando se trate de contribuyentes cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el artÃculo 16.2.a) de la Ley del Impuesto y la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial que reglamentariamente se establezca.

El artÃculo 77 bis del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas, aprobado en el artÃculo único del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero ('BoletÃn Oficial del Estado' del 9), añadido al mismo por el artÃculo trigésimo tercero del Real Decreto 27/2003, de 10 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas ('BoletÃn Oficial del Estado' del 11), establece este procedimiento especial, cuyo objetivo fundamental consiste en lograr que el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta sobre las pensiones y haberes pasivos procedentes de más de un pagador soportados por los contribuyentes que se acojan al mismo, coincida con el que hubieran soportado de haber procedido los citados rendimientos de un solo pagador. Con ello, el lÃmite excluyente de la obligación de declarar aplicable a estos rendimientos se eleva de 8.000 a 22.000 euros anuales.

Con arreglo a este propósito, la norma reglamentaria articula un procedimiento especial, que se inicia a instancia del contribuyente mediante una solicitud en la que deben relacionarse los importes Ãntegros de las pensiones y demás prestaciones pasivas derivadas de los sistemas de previsión social que se percibirán a lo largo del año, asà como la identificación de los respectivos pagadores. La solicitud deberá acompañarse del modelo de comunicación al pagador de la situación personal y familiar del perceptor a que se refiere el artÃculo 82.1 del Reglamento del Impuesto.

A la...

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