Orden VIV/547/2006, de 22 de febrero, por la que se regula el Centro de Publicaciones, la Comisión Asesora de Publicaciones y otras materias relacionadas con la actividad editorial del Ministerio de Vivienda.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Marzo de 2006
MarginalBOE-A-2006-3666
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Vivienda
Rango de LeyOrden

Orden VIV/547/2006, de 22 de febrero, por la que se regula el Centro de Publicaciones, la Comisión Asesora de Publicaciones y otras materias relacionadas con la actividad editorial del Ministerio de Vivienda.

El Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero de 2001, de Ordenación de Publicaciones Oficiales, establece en su exposición de motivos que las publicaciones oficiales deben constituir el soporte informativo y difusor de las actividades desarrolladas por la Administración, por lo que el programa editorial de cada Ministerio debe corresponderse con las competencias atribuidas al mismo, integrándose con los demás programas departamentales en el Plan General, que ha de ser conocido y aprobado por el Consejo de Ministros.

Así mismo el Real Decreto 118/2001 citado contempla la existencia de una Comisión Asesora de Publicaciones en cada Departamento, y que los Centros de Publicaciones son las Unidades de las Secretarías Generales Técnicas encargadas de ejecutar la actividad editorial y difusora de los Departamentos.

La creación del Ministerio de Vivienda, en virtud del Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, exige que este Ministerio se dote de la correspondiente Comisión Asesora de Publicaciones y del Centro de Publicaciones, a efectos de que se puedan cumplir los requerimientos anteriormente expuestos del citado Real Decreto 118/2001, en orden a desarrollar las actividades informativas y difusoras de las que las publicaciones oficiales son el soporte necesario.

En su virtud, previo informe favorable de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales y la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo primero Centro de publicaciones.
  1. Se constituye el Centro de Publicaciones del Ministerio de Vivienda como unidad de la Secretaría General Técnica encargada de ejecutar la actividad editorial y difusora del Departamento, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.

    Queda adscrito a la Subdirección General de Cooperación y Relaciones Interadministrativas de la Secretaría General Técnica, cuyo titular ejerce las funciones de responsable del mismo, a los efectos previstos en el artícu-lo 5 del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.

  2. Corresponden al Centro de Publicaciones de la Secretaría General Técnica las siguientes funciones:

    1. La coordinación de la actividad editorial y difusora de las publicaciones y el seguimiento de las mismas.

    2. La elaboración del programa editorial sobre la base de las propuestas formuladas por los órganos superiores y directivos del Departamento, una vez comprobado que las mismas se ajustan a los criterios y objetivos previstos en el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General del Estado. Dicho programa contendrá las previsiones que figuran en el artículo 5 de la presente Orden.

    3. La coordinación de los Centros Directivos y entidades del Departamento impulsando la consecución de los objetivos fijados en el Plan General de Publicaciones Oficiales y la ejecución del programa editorial del Departamento así como el control de su cumplimiento y la impartición de las instrucciones que fueran necesarias para dicha ejecución.

    4. La gestión, en coordinación con las restantes Unidades del Departamento, de la edición, distribución y venta, en su caso, de todas las publicaciones oficiales sin perjuicio de las competencias de...

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