Real Decreto 2386/1981, de 2 de Octubre, por el que se prorroga la suspension parcial de los derechos arancelarios de Normal aplicacion.

MarginalBOE-A-1981-24713
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto setecientos sesenta y cuatro/ mil novecientos ochenta , de dieciocho de abril, dispuso la suspension parcial de los derechos arancelarios de normal aplicacion, por razones de la coyuntura economica . Por subsistir las razones y circunstancias que motivaron dicha suspension, resulta aconsejable su prorroga, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el articulo sexto, apartado dos, de la vigente Ley arancelaria En su virtud a propuesta del Ministro de Economia y Comercio y previa aprobacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia dos de octubre de mil novecientos ochenta y uno, dispongo:

Articulo Unico en el periodo comprendido entre los dias veintisiete de octubre y veintiseis de enero de mil novecientos ochenta y dos, ambos inclusive seguira vigente la suspension parcial de los derechos arancelarios de normal aplicacion, establecida por el Real Decreto setecientos sesenta y cuatro/mil novecientos ochenta, de dieciocho de abril

Dado en Madrid a dos de octubre de mil novecientos ochenta y uno.-Juan Carlos R.-el Ministro de Economia y Comercio, Juan Antonio Garcia diez

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