Real Decreto 1912/1985, de 9 de octubre, por el que se prorroga el plazo de solicitud de beneficios del Real Decreto 2715/1983, de 28 de septiembre, que declaraba el área de Sagunto zona de preferente localización industrial.

MarginalBOE-A-1985-21638
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyReal Decreto
BOE
numo
251
Sábado
19
octubre
1985
33057
El
Ministro de lndultria
)'
Energía,
JOAN MAJO CRUZATE
Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-ad.ministrativo
núme.
·ro
306.767/1982, interpuesto ante el Tribunal Supremo
por
«Grupo
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA
Y
ENERGIA
Lo
que comunico a
V.
l.
Madrid, 1de octubre de 1985.-P. D. (Orden de
23
de
julio
de
1985), el Secretario general, Joaquín Arango Vila·Belda.
nmo.
Sr. Director general de Promoción Educativa.
ORDEN de 30
d.
"pti.mb"
d.
1985 por
la
que"
incluye a«Industrias
Vulca,
Sociedad Anónima», en
el
sector
de
fabricación de componentes para vehículos
.automóviles, declarado de interés preferente por el
Real Decreto 1679;1979, de
22
de junio.
Ilmo. Sr.:
El
Real Decreto 1679/1979, de 22 de junio, declaró de
interés preferente
a)
sector Fabricantes de Componentes para
Vehículos Automóviles, al amparo de lo establecido en la
Ley 152/1963, de 2de diciembre, yen
el
Decreto 2853/1964, de 8
de septiembre, yha sido prorrogado
por
los Reales Decretos
3274/1982, de
12
de noviembre, y658/1985. de 6de marzo.
«Industrias Vulca, Sociedad Anónima», solicita acogerse alos
beneficios otorgados por el citado Real Decreto ló79/1979, de
22
de junio, en base alo dispuesto en su artículo
5.
opara llevar acabo
la ampliación de sus actuales instalaciones productivas, sitas en
San Justo Desver (Barcelona), ydedicadas ala fabricación de piezas
de caucho ycaucho metal, con destino a
Ja
industria del automóvil.
Esta ampliación
ha
sido aprobada por Resolución de la Dirección
General de Industrias SiderometaJilrgicas yNavales de
23
de
septiembre de 1985. .
Satisfaciendo. el programa presentado por «Industrias Vulea,
Sociedad Anónima», las condictones exiSidas por el artículo
5.
0del
Real Decreto 1679/1979, de 22 de junIO, ysiendo sus objetivos
acordes con los señalados para
el
sector en'el ,artículo 3.° de dicho
Real Decreto, procede resolver la solicitud presentada, al objeto de
que «Industrias Vulca, Sociedad Anónima», pueda disfrutar de la
totalidad de los beneficios comprendidos en los artículos 6.° Y
7.
0
del citado Real Decreto.
En
Su
virtud yapropuesta de
la
Dirección General de Industrias
Síderometalúrgicas yNavales, este Ministerio ha tenido
bien
disponer:
21640
Alcanza, Sociedad Anónima», contra desestimación, por silencio,
del recurso de reposición interpuesto co'otra acuerdo del Consejo
de
Ministros de 1Sde enero de 1982, sobre convenio entre
el
Gobierno yGeneral Electric,
se
ha dietado con fecha
28
de mayo
de' 1985
sentenc~.
cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, rechazando los motivos de inadmisibilidad
alegad,os
por
el
representante de la Administración, deoemos
desestimar
y,
desestImamos el recurso contencioso-administrativo
inteJ1)uesto por la representación procesal del
"Grupo
Alcanza
Sociedad Anónima". contra el acto denegatorio presunto dei
Presidente del Gobierno, ala solicitud interesada por
la
recurrente
en su escrito de
25
de enero de J982, sobre concesión de las mismas
ventejas, subvenciones, fraccionamit;ntos, demoras ycualesquiera
otras condicionés yderechos que
se
hubieren otorgado aGeneral
Eléctrica Española uotra Empresa competidora del sector. por no
ser contrario aderecho
el
acto administrativo presunto impugnado.
Todo
eHo
sin hacer imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia,
que
se
publicará en el "Boletín
Oficial del Estado" einsertará en la "Colección Legislativa",
definitivamente·juzgando, lo pronunciamos, mandamos yfirma-
mos.»
En
.su
virtud, este Ministerio, en cumplimiento de lo prevenido
en la Ley de
27
de diciembre de 1956, ha tenido abien disponer
que
se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y
se
publique
el
aludido fallo en el «Boletín 'Oficial del Estado».
Lo que comunico a
V.
1.
para su conocimiento yefectos.
Dios
~uarde
a
V.
J.
muchos años.
Madnd, 30 de septiembre de 1985.-P. D. (Orden de 30 de
junio
de 1980), el Subsecretario, Eduardo Santos Andrés.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
.
~mero.-Se
declara
a:
«Industrias Vulea, Sociedad An6nima»,
mclulda dentro del sector Fabtjcante de Componentes para Vehícu·.
los AutomóviJes, declarado de interés preferente por
el
Real
Decreto 1679/1979, de 22 de junio, siéndole por
cons~uiente
de
aplIcaCión
Jos
beneficios establecidos en
el
artículo
6.
de dicho
Real Decreto.
Segundo.-Por
que
se
refiere a
Jos
beneficios establecidos en
el artículo
7.·
del citado Real Decreto 1679/1979, de 22 de junio,
«Industrias
Vulc&,
'Sociedad Anónima», deberá solicitarlos en
C1;l8Dto
le
sean de aplicación, en la misma forma prevista en la
VIgente
legislación
~fica
sobre los mismos.
Tercero.-La cifra
de
inversiones arealizar
se
ajustará a
Jo
determinado en
eJ
artículo 5.°, punto
2,
del Real Decre-
to 1679/1979, de
22
de junio.
.
C~o.-Esta
declaración
se
entenderá aplicable alos planes de
IDVefS1Ón,
aprobados
por
la Dirección General de Industrias
ORDEN de
30
de septiembre de 1985 por la que se
d,spone elcumplimiento de
la
sentencia dictada por el
Tribunal,Supremo en el recurso contencioso-adminis-
trativo número 306.767/1982. promovido por «Grupo
Alcanza, Sociedad Anónima»,
COntra
desestimación,
por silencio, del recurso de reposición interpuesto
contra acuerdo del
Consejo
de Ministros de
15
de
enero
d.
1982.
21639
21638
REAL
DECRETO 1912/1985, de 9de octubre,
por"
que se prorroga el plazo de solicitud de beneficios del
Real Decreto 2715/1983, de
28
d.
sepri.mbre, que
declaraba .el área de Sagunto zona de preferente
localización industrial; .
El
Real Decreto 2371/1984, de 26 de diciembre, prorrogó hasta
el 30 de
junio
de 1985 el plazo
para
la solicitud de beneficios en la
zona de preferente localización industrial de Sagunto.
No
obstante
el
estímuló
que
supuso
para
la inversión la
calificación yconsiguiente prórroga de dicha zona como preferente,
ypese al importante numero
depuestos
de trabajo creados,
no
se
han cumplido totalmente
)05
objetivos
que
se
pretendieron con tal
calificación, tendente apaliar los efectos negativos de la reconver-
sión de la siderurgia integral, de gran incidencia en el municipio de
Sagunto ysu área de influencia. .
Por
ello se considera conveniente ampliar la vigencia
del
Real
Decreto 2715/1983. de 28 de septiembre,
que
declaró el área de
Sagunto como zona de preferente localización industrial.
.En sil vinud, apropuesta del Ministro
de
Industria yEnergia y
previa deliberación del Consejo de Ministros
en
IU
reunión
deJ
día
9de octubre, . •
DISPONGO:
.S~
prorroga hasta.el
31
de diciembre de 1985 'el plazo
para
la
SObCltud
de
benefiCIOS
en la zona de preferente localIzación
industrial del área
de
Sagunto.
Dado
en Madrid a 9 de
~ubre
de 1985.
JUAN
CARLOS R.
21637
ORDEN
d.
1
d.octub"dd985
por la
qu."autoriza
el cambio de titularidad de un Centro extranjero en
España.
Ilmo. Sr.: Por Orden de
18
de febrero de
1981
se
autorizó
el
Centro extranjero «Colegio Americano de Mallorca», con domiCilio
en la
caHe
Oratorio, 9y
11,
de Portals Nous (Caviá), para impartir
ensefianza conforme al sistema educativo
de
los Estados
Unidos
de
America aaJumnos exclusivamente extranjeros en los. niveles de
Kindergarten yElementary Schoo!.
.Por Orden de
22
de abril de 1983
se
le autorizó para impartir
enseñanza·8 alumnos
es~o)es
en
Jos
mencionados niveles.
Habiendo sido solicitado por dicho Centro el cambio de
titularidad
a
favor
de
4
American
School
of
Mallorca, Sociedad
Anónima .Laborab". al
amparo
del Decreto 1855/1974, de 7de
Jumo, articulo deCimotercero, yala vista del informe de la
Dirección Provincial de Baleares, através de la cual se tramitó
el
expediente, _
Este Ministerio ha di$puesto autorizar
el
cambio de titularidad
solicitado afavor de «The American School
of
Mallorca, Sociedad
Anónima Laboral», quedando los demás datos del Colegio Ameri-
cano de Mallorca, segun se indica en la Orden de 22 de abril
de 1983.

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