RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 1999, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se propone un modelo de programas de formación para la transición a la vida adulta, con el fin de orientar la respuesta educativa dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales, escolarizado en centros de Educación Especial en...

MarginalBOE-A-1999-12427
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 1999, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se propone un modelo de programas de formación para la transición a la vida adulta, con el fin de orientar la respuesta educativa dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales, escolarizado en centros de Educación Especial en la etapa posobligatoria.

La Orden de 22 de marzo de 1999 ('Boletín Oficial del Estado' de 10 de abril), por la que se regulan los programas de formación para la transición a la vida adulta, destinados a los alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en centros de Educación Especial, establece en su disposición final primera que, en el plazo de seis meses, el Ministerio de Educación y Cultura propondrá un modelo orientativo de programas de formación para la transición a la vida adulta.

En cumplimiento de lo anteriormente establecido y con el fin de proporcionar al profesorado un documento que pueda servir de orientación en la implantación de dichos programas,

Esta Secretaría General de Educación y Formación Profesional ha resuelto:

Primero. Propuesta curricular para el desarrollo de los programas de formación para la transición a la vida adulta.--Para la elaboración de los programas de formación para la transición a la vida adulta en los centros

de Educación Especial y en las aulas habilitadas al efecto en los centros ordinarios en las que se escolaricen alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, se tomarán como referencia y con carácter orientativo los programas que figuran en el anexo I de esta Resolución.

Segundo. Ámbito de aplicación.--Esta Resolución será de aplicación en los centros y aulas sustitutorias de centros de Educación Especial situados en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación y Cultura, que escolaricen al alumnado mencionado en el punto primero y que curse la etapa posobligatoria.

Madrid, 20 de mayo de 1999.--El Secretario general,

Roberto Mur Montero.

Ilmos. Sres. Director general de Centros Educativos y Directores provinciales del Ministerio de Educación y Cultura.

ANEXO I

Propuesta curricular para el desarrollo de los programas de formación para la transición a la vida adulta

  1. PRINCIPIOS GENERALES

    La generalización de la integración educativa de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales en los centros ordinarios y, como consecuencia, el cambio de las características del alumnado escolarizado en los centros de Educación Especial, hace preciso ofrecer una respuesta educativa adecuada a las necesidades especiales del alumnado que realiza la educación posobligatoria en estos centros.

    El Real Decreto 696/1995, de 28 de abril, de ordenación de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales ('Boletín Oficial del Estado' de 2 de junio), teniendo en cuenta la ordenación del sistema educativo, propone, para este alumnado y para esta etapa de la educación, una formación que le facilite la transición a la vida adulta.

    Las necesidades educativas de dicho alumnado y el período de la vida en que se encuentra demandan una propuesta curricular que tenga como objetivos básicos el desarrollo de capacidades de autonomía personal, integración social y comunitaria e inserción en la vida activa, en la medida de sus posibilidades y con los apoyos necesarios.

    La Orden de 22 de marzo de 1999 por la que se regulan los programas de formación para la transición a la vida adulta ('Boletín Oficial del Estado' de 10 de abril), destinados a los alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en centros de Educación Especial establece, en su apartado tercero, que dichos programas se orientarán a la consecución de los siguientes objetivos:

    1. Afianzar y desarrollar las capacidades de los alumnos, en sus aspectos físicos, afectivos, cognitivos, comunicativos, morales, cívicos y de inserción social, promoviendo el mayor grado posible de autonomía personal y de integración social.

    2. Fomentar la participación de los alumnos en todos aquellos contextos en los que se desenvuelve la vida adulta: La vida doméstica, utilización de servicios a la comunidad y disfrute del ocio y tiempo libre, entre otros.

    3. Promover el desarrollo de las actitudes laborales de seguridad en el trabajo, actitud positiva ante la tarea y normas elementales de trabajo, así como la adquisición de habilidades laborales de carácter polivalente.

    4. Promover los conocimientos instrumentales básicos, adquiridos en la educación básica, afianzando las habilidades comunicativas y numéricas, la capacidad de razonamiento y resolución de problemas de la vida cotidiana, así como el desarrollo de la creatividad de los alumnos.

    5. Potenciar hábitos vinculados a la salud corporal, la seguridad personal y el equilibrio afectivo, para desarrollar su vida con el mayor bienestar posible.

      El Ministerio de Educación y Cultura, en cumplimiento de su compromiso de dotar de recursos, medios y apoyos complementarios a los centros docentes, proporciona, a través de este documento, una propuesta curricular de carácter orientativo, para facilitar a cada centro de Educación Especial la concreción que deberá realizar de los programas de formación para la transición a la vida adulta, adecuándolos al contexto y a las características de los alumnos.

      Los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y orientaciones metodológicas y para la evaluación que aparecen en esta propuesta pretenden ser indicativos de los que los centros han de establecer para dar una respuesta educativa adecuada a la gran diversidad del alumnado a los que van dirigidos.

      La propuesta que se presenta está organizada por ámbitos de experiencia y por módulos.

      Los ámbitos de experiencia son amplios espacios interrelacionales que sirven de base para organizar, globalizar y dar funcionalidad a los contenidos de aprendizaje que se desarrollen en los mismos, con el fin de que el alumno llegue a alcanzar el mayor grado de autonomía personal, de integración social y de inserción laboral.

      Los tres ámbitos propuestos son: Autonomía personal en la vida diaria, integración social y comunitaria y orientación y formación laboral. Reflejan los aspectos globales en que cada individuo se desenvuelve en su vida adulta.

      Para cada ámbito se han propuesto objetivos, contenidos y criterios de evaluación. A su vez, los ámbitos se desarrollan a través de módulos y éstos se concretan en bloques de contenido.

      Los módulos de cada uno de los ámbitos recogen una parte de la realidad a la que están referidos. Cada módulo tiene sentido en sí mismo y pueden tratarse de manera independiente, o incorporar contenidos de otros módulos o de otros ámbitos, dando globalidad al tratamiento del programa.

      Los bloques de contenido contemplan los tres tipos habituales en los mismos: Conceptos, procedimientos y actitudes. El planteamiento en bloques no supone que hayan de ser tratados como unidades temáticas, ni secuenciados en el mismo orden en que aparecen. El profesorado, con la colaboración del resto de profesionales del centro, decidirá cómo distribuirlos y secuenciarlos en el ciclo. Cada Profesor seleccionará, posteriormente, los contenidos que va a desarrollar en la programación, y los tratará de modo que partiendo de los contenidos referidos a procedimientos y actitudes, el alumno llegue a constatar hechos y a construir conceptos.

      Las orientaciones metodológicas y para la evaluación constituyen planteamientos de actuación docente que sirvan de guía al profesorado. Se han recogido aquellas orientaciones que se consideran más adecuadas para que los programas que se desarrollen sean funcionales y adaptados a las necesidades del alumnado.

      El profesorado, a partir de los programas de formación para la transición a la vida adulta que se elaboren en el centro, realizará adaptaciones individualizadas para sus alumnos y alumnas. Dichas adaptaciones, a su vez, estarán en función de un plan de tránsito personalizado, y fijarán los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los ámbitos de experiencia, así como las opciones metodológicas y de evaluación para el desarrollo y la adquisición de las capacidades necesarias para la consecución de las metas previstas para el alumno en su plan de tránsito personalizado.

      El plan de tránsito personalizado supone la plasmación de un proyecto de vida, que sirve de base para orientar la respuesta educativa que se va a proponer para el alumno o alumna.

      Para realizar este plan, el Departamento de Orientación del centro en el que se vaya a escolarizar el alumno, o el equipo de orientación educativa y psicopedagógica correspondiente, partirá de la información que aporte la evaluación psicopedagógica y del consejo orientador que se habrán realizado al finalizar el período de escolarización obligatoria, completándola, si fuera necesario, con la que se considere pertinente, para analizarla en función de las capacidades contempladas en el programa correspondiente de formación para la transición a la vida adulta que se haya elaborado en el centro, de las posibilidades sociolaborales del entorno y de los futuros itinerarios formativos que pudiera seguir el alumno.

      El Departamento de Orientación o el equipo de orientación educativa y psicopedagógica, como resultado de dicho análisis, elaborará el plan de tránsito personalizado, en el que se incluirán aspectos tales como:

    6. Datos referidos al nivel de desarrollo actual de las capacidades del alumno necesarias para desenvolverse con autonomía en la vida diaria, integrarse en la comunidad y, en su caso, desempeñar una ocupación laboral.

    7. Identificación de las metas que estarán vinculadas al futuro que se prevé para el alumno al finalizar la escolarización en el programa de formación para la transición a la vida adulta. Si es posible, se concretará una salida orientada hacia un centro ocupacional, centro especial de empleo, empresa ordinaria con apoyo, centro de día, etc.

    8. Previsión de los apoyos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR