Orden EDU/2412/2009, de 1 de septiembre, por la que se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden ECI/774/2008, de 7 de marzo.

MarginalBOE-A-2009-14583
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Aprobada la oferta de empleo público para 2008, este Departamento, mediante Orden de ECI/774/2008, de 7 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 24), convocó procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios de carrera de los mencionados Cuerpos en plaza situadas dentro del ámbito de gestión de Ministerio de Educación y Ciencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Desarrollado todo el proceso que marcaba la Orden de convocatoria y concluida la fase de prácticas prevista en la base 16 de la misma.

Este ministerio, ha dispuesto:

Primero.-Aprobar el expediente de los procedimientos selectivos convocados por Orden ECI/774/2008, de 7 de marzo, y nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, y Profesores Técnicos de Formación Profesional, a los seleccionados en estos procedimientos que han sido calificados «aptos» por las Comisiones Evaluadoras correspondientes y cuya relación se publica como anexo a la presente Orden con indicación del Número de Registro de Personal y especialidad que les corresponde.

Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de la Administración del Estado por el que hayan superado el procedimiento selectivo con efectos de 1 de septiembre de 2009 y percibirán el sueldo y demás emolumentos que les correspondan de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.-Aquellos Profesores de los nombrados que ya sean funcionarios de carrera de otro Cuerpo de la Administración del Estado deberán optar por su incorporación a uno de ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas

Cuarto.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 1 de septiembre de 2009.-El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

ANEXO

N.R.P. APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I. TURNO PUNTUACION

CUERPO: 0590 PROFESORES DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR