ORDEN APA/105/2004, de 26 de enero, por la que se establecen para la campaña 2004/2005 determinadas medidas en el sector de los productos transformados a base de tomates.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Enero de 2004
MarginalBOE-A-2004-1589
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El Reglamento (CE) 1535/2003, de la Comisión, de 29 de agosto, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 2201/96 del Consejo, en lo relativo al régimen de ayuda en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas, dispone en el apartado 3 de su artículo 5, en concordancia con el párrafo 3 del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) 449/2001, de la Comisión, de 2 de marzo, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 2201/96 del Consejo, en lo relativo al régimen de ayuda en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas, que los Estados miembros determinarán las condiciones para que los transformadores de tomates puedan obtener el reconocimiento que les permita firmar contratos.

El Real Decreto 685/2002, de 12 de julio, por el que se establecen determinadas medidas para su aplicación en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas, dispone en su artículo 3 todo lo relativo al reconocimiento de los transformadores y concretamente en su apartado 2 la necesidad que tienen los transformadores de justificar la capacidad de transformación de tomates frescos y tipo de elaborado correspondiente, aportando, al menos, la información que figura en su anexo II.

En el sector de los tomates para transformación, debido al amplio período de tiempo existente entre el momento en que los transformadores deben solicitar su reconocimiento y el inicio de la campaña de industrialización, hay que prever el reconocimiento de aquellos transformadores que teniendo sus fábricas en fase de construcción prevean que la tendrán operativa al comienzo de la campaña de transformación, como es el caso que se ha presentado para la próxima campaña 2004/2005.

Para hacer frente esta problemática se considera conveniente la promulgación de una disposición excepcional para la campaña 2004/2005 que adapte la normativa nacional en vigor en el ámbito de las competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, teniendo en cuenta el carácter coyuntural y urgente de las medidas que se adoptan en beneficio tanto de los...

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