Orden ARM/1837/2009, de 29 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional Veterinario.

MarginalBOE-A-2009-11379
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Nacional Veterinario.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, del 27).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.060.es.

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del Cuerpo Nacional Veterinario, código 0102, por el sistema general de acceso libre.

    Del total de las plazas convocadas se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general por el turno libre.

    Los destinos de las plazas convocadas serán en puestos del Ministerio de la Presidencia.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II.

  4. Titulación

    Se requerirá estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es. 5.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos»- a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es.

    La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

    El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

    En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. b) Igualmente, podrán presentarse en los Registros Generales del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (Paseo Infanta Isabel, 1, Madrid y plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

    5.3 Pago de la tasa de derechos de examen.

    El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo. 5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el

    Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

  6. Tribunal

    6.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. 6.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfonos (91) 5976978 ó (91) 5976402, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

  7. Desarrollo del proceso selectivo

    7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 27 de enero de 2009 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero). 7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la pagina web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino www.marm.es.

    Igualmente, se incluirá en esta pagina web información relacionada con la convocatoria, que incluirá, entre otras, las relaciones de admitidos y excluidos, las fechas y lugar de celebración de los ejercicios y las relaciones de aprobados de éstos.

    De manera complementaria, los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo mediante mensajes a los números de móvil y/o direcciones de correo electrónico que indiquen. Este servicio podrá suscribirse en la pagina web de Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino www.marm.es y se anunciará oportunamente. En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

  8. Lista de candidatos

    De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009 en relación con el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril y con la Instrucción Conjunta de la Secretaría General para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos de 15 de noviembre de 2007, se elaborará una lista de candidatos integrada por aquellos aspirantes que, habiendo participado en este proceso selectivo, y no habiéndolo superado, cumplan los requisitos que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino establezca al efecto.

    Esta lista tendrá validez hasta la publicación de una nueva lista de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.

    Para poder formar parte de esta lista, los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se exigen en esta convocatoria.

    La lista de candidatos se publicará en la página web del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino www.marm.es.

    Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino www.marm.es.

  9. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril; del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de medio...

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