Orden PRE/1758/2010, de 21 de junio, por la que se convoca el proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

MarginalBOE-A-2010-10452
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 406/2010 de 31 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el acceso por promoción interna, a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 183, de 30 de julio de 2009).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página Web www.060.es y en el portal del Instituto Nacional de Administración Pública (www.inap.es).

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 33 plazas de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, código 6000, por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 248/2009.

    Del total de las plazas convocadas se reservarán 3 plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Desarrollo del proceso selectivo

    3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra « J», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública («BOE» de 5 de febrero de 2010).

    3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Directora del Instituto Nacional de Administración Pública dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

    3.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en la sede del Instituto Nacional de Administración Pública señalada en la base específica 5.6, y en las direcciones de Internet señaladas en la base 11.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

    3.4 A los aspirantes se les dará la posibilidad de permanecer en el mismo Ministerio u organismo en el que estuvieran destinados, bien en el mismo puesto que vinieran desempeñando o en otro puesto vacante dotado presupuestariamente existente en el municipio, siempre que sea de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo. En este caso quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

    En caso de no optar por lo establecido en el párrafo anterior, deberán elegir destino, por el orden de prelación obtenido entre las vacantes, vacantes que serán preferentemente para el Servicio de Empleo Público Estatal.

  4. Programa

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  5. Tribunal

    5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

    5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las demás disposiciones vigentes.

    5.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («BOE» de 17 de diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

    5.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

    5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, número 106, de Madrid, teléfono 912739100, dirección de correo electrónico seleccion.etgoa@inap.es.

  6. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  7. Requisitos específicos

    Además de la titulación y los requisitos generales enumerados en el punto Noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

    7.1. Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a alguno de los siguientes colectivos:

    7.1.1 Personal funcionario de carrera:

    1. Funcionarios de carrera de alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

    2. Funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2.

    3. Funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado.

    7.1.2 Personal laboral fijo.–Podrán participar quienes pertenezcan como personal laboral fijo a la categoría profesional de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes del grupo profesional 1 del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o a una categoría o grupo profesional equivalente de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollen, en ambos casos, tareas de gestión de recursos humanos, gestión económica, gestión administrativa o el diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de aplicaciones informáticas y manejo de las mismas, en los términos previstos en el anexo III del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

    A este respecto no se considerarán en ningún caso funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional ni en su nivel técnico, con las propias de la Escala Técnica de Gestión, el resto de tareas y actividades a todos los niveles de responsabilidad y cualificación (gerencial, técnica, operativa o puramente instrumental) comprendidas dentro del Área de Gestión y Servicios comunes, precisadas en el citado anexo III del III Convenio Único para el personal...

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