Orden CIN/1308/2009, de 12 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2009-8686
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 4 plazas de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, código 5048, por el sistema de promoción interna.

    La distribución por Organismos de las plazas convocadas es la siguiente: Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas: 2 plazas; Instituto Español de Oceanografía: 2 plazas.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

  5. Requisitos específicos

    5.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a alguno de los siguientes colectivos:

    5.1.1 Personal funcionario de carrera:

    1. Funcionarios de carrera de agrupaciones profesionales de la Administración General del Estado (Cuerpos o Escalas del antiguo Grupo E de la Ley 30/1984, de 2 de agosto). b) Funcionarios de carrera de agrupaciones profesionales Postales y Telegráfica (Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos adscritos al antiguo grupo E). c) Funcionarios de carrera de agrupaciones profesionales del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, con destino definitivo en la Administración General del Estado (Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones del antiguo grupo E con destino definitivo en la Administración General del Estado).

    5.1.2 Personal laboral fijo:

    Podrán participar quienes pertenezcan como personal laboral fijo al grupo profesional 4 del Área Técnica y Profesional del II Convenio Único o a categorías y grupo profesional en situación equivalente de otros convenios de la Administración General de Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración general del Estado y encontrarse destinado en alguno de los Organismos Públicos Investigación o en otras Unidades donde desarrolle funciones de apoyo, colaboración o participación en proyectos de investigación científica y ensayos y análisis físicos, químicos y agrarios.

    5.2 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años:

    5.2.1 Como funcionario de carrera en alguna de las agrupaciones profesionales mencionadas en el punto 5.1.1. 5.2.2 Como personal laboral fijo en la categoría de Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales, del II Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado.

    Se entenderá que una categoría o grupo profesional se encuentra en situación equivalente a los efectos previstos en esta Convocatoria, cuando sus funciones, contenido profesional y nivel técnico resulte coincidente con el grupo profesional 4 del Área Técnica y Profesional el II Convenio Único teniendo en cuenta a estos efectos los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001.

    5.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizara mediante certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios y Organismos donde presten sus servicios, según modelo que figura en los anexos V y VI de esta Orden.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web (www.060.es). 6.2 La presentación de solicitudes se realizará en los Registros Generales del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida de la

    Complutense, 22, 28071 Madrid); Instituto Español de Oceanografía (avenida de Brasil, 31, 28020 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán lo procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado. 6.3 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice en ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. 6.4. En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Investigación. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

  7. Tribunal

    El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

    El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las...

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