ORDEN ECD/2429/2002, de 1 de octubre, por la que se establecen normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito nacional, que deben convocarse durante el curso 2002/2003, para funcionarios de los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo.

MarginalBOE-A-2002-19154
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden
35176 Viernes 4 octubre 2002 BOE núm. 238
MINISTERIO DEL INTERIOR
19153 RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2002, de la
Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por
la que se hace público el listado de aprobados defi-
nitivos, por orden de puntuación, en la fase de opo-
sición del Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios
de Instituciones Penitenciarias.
Por Orden de 18 de abril de 2002, del Ministerio del Interior,
se convocan pruebas selectivas para ingreso en el cuerpo de Ayu-
dantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias («Bo-
letín Oficial del Estado» de 3 de mayo).
Una vez finalizada la fase de oposición y entregada por la Pre-
sidenta del Tribunal, copia certificada de las listas de aprobados,
Esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el artícu-
se aprueba el Reglamento General de Ingreso y en la base 7.1
de la convocatoria resuelve:
Primero.—Hacer publica la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo
de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias,
en la fase de oposición, que se encontrarán expuestas en los tablo-
nes de anuncios de los centros penitenciarios y en la Dirección
General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.—En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección
General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los documen-
tos que se señalan en la base octava de la convocatoria (aparta-
dos 8.1 y 8.2).
Tercero.—Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuer-
za mayor, no presentasen la documentación, o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nom-
brados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin per-
juicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad
en la solicitud inicial (apartado 3.
o
de la base 8.
a
de la convo-
catoria).
Cuarto.—La presente Resolución, de conformidad con el ar-
tículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de ene-
ro, podrá ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano
que lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de repo-
sición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publi-
cación, o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-admi-
nistrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
al de su publicación.
Madrid, 20 de septiembre de 2002.—El Director general, Ángel
Yuste Castillejo.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTE
19154 ORDEN ECD/2429/2002, de 1 de octubre, por la que
se establecen normas procedimentales aplicables a los
concursos de traslados de ámbito nacional, que deben
convocarse durante el curso 2002/2003, para funcio-
narios de los Cuerpos Docentes a que se refiere la
Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Edu-
cativo.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Gene-
ral del Sistema Educativo (LOGSE), en su disposición adicional
novena.1, determina que es base del régimen estatutario de los
funcionarios públicos docentes la provisión de puestos mediante
concurso de traslados de ámbito nacional.
regulan los concursos de traslados de ámbito nacional para la
provisión de plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes esta-
blece la obligación para las Administraciones educativas compe-
tentes de convocar cada dos años concursos de ámbito nacional.
Celebrados los últimos concursos de ámbito nacional en el curso
2000/2001, procede realizar de nuevo en el presente curso la
convocatoria de los mismos conforme a la regulación establecida
A este respecto, el artículo 5 del Real Decreto precitado dis-
pone, igualmente, que en el primer trimestre del curso escolar
en que vayan a celebrarse estos concursos, con carácter previo
a su convocatoria, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
previa consulta con las Administraciones educativas de las Comu-
nidades Autónomas, establecerá las normas procedimentales nece-
sarias para permitir la celebración coordinada de los mismos a
fin de asegurar la efectiva participación en condiciones de igualdad
de todos los funcionarios públicos docentes a que se refiere esta
norma. Éstas se referirán a los plazos comunes a que deben ajus-
tarse las convocatorias, al modelo básico de instanciayalafecha
en que surtirá efectos la resolución de las convocatorias y deter-
minarán igualmente el baremo único de méritos que deberán con-
tener las mismas.
En su virtud, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
consultadas las Administraciones educativas de las Comunidades
Autónomas, dispone:
Primero.—La presente Orden establece las normas procedimen-
tales por las que deben regirse los concursos de ámbito nacional
a que se refiere la disposición adicional novena de la Ley Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema
Educativo, que deben convocarse durante el curso 2002/2003,
por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y por las Admi-
nistraciones educativas de las Comunidades Autónomas.
Segundo.—El plazo de presentación de instancias de participación
para todos los concursos de traslados de ámbito nacional que deban
convocarse durante el curso 2002/2003 será el siguiente:
Cuerpo de Maestros: Del 22 de octubre al 8 de noviembre
de 2002, ambos inclusive.
Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Ofi-
ciales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Pro-
fesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas
y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño: Del
29 de octubre al 15 de noviembre de 2002, ambos inclusive.
Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Edu-
cativa y Cuerpo de Inspectores de Educación: Del 29 de octubre
al 15 de noviembre de 2002, ambos inclusive.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y los órganos
correspondientes de las Comunidades Autónomas publicarán en
el «Boletín Oficial del Estado», antes de la fecha de comienzo del
plazo de presentación de instancias, las respectivas convocatorias
de los concursos de traslados. Asimismo, antes de las referidas
fechas, se publicarán éstas en los boletines o diarios oficiales de
las Comunidades Autónomas convocantes.
Tercero.—Los participantes, cualquiera que sea el contenido
de sus peticiones, deberán presentar una única instancia que se
dirigirá al órgano que se determine en la convocatoria que efectúe
la Administración educativa a cuyo ámbito de gestión pertenezca
el centro o plaza desde el que participan o, en su caso, al órgano
de quien actualmente dependa el centro o plaza en el que tuvieron
su último destino.
La instancia a que se refiere el párrafo anterior se ajustará
a los modelos que se establecen en los anexos siguientes a la
presente Orden:
Anexo I: Modelo de instancia de participación en el concurso
de traslados del Cuerpo de Maestros.
Anexo II: Modelo de instancia de participación en el concurso
de traslados de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secun-
daria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores
de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes
Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de
BOE núm. 238 Viernes 4 octubre 2002 35177
Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas
y Diseño.
Anexo III: Modelo de instancia de participación en el concurso
de traslados del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Admi-
nistración Educativa y Cuerpo de Inspectores de Educación.
Cuando en alguna de las convocatorias se prevea la utilización
de sistemas de lectura óptica, podrán establecerse en las instancias
las adaptaciones precisas para este fin.
Cuarto.—Las Administraciones educativas deberán determinar
las vacantes provisionales y definitivas de los centros correspon-
dientes a su ámbito de gestión con anterioridad a las siguientes
fechas:
Cuerpo de Maestros. Vacantes provisionales: Antes del día 3
de marzo de 2003; vacantes definitivas: Antes del día 1 de mayo
de 2003.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Ofi-
ciales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Pro-
fesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas
y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Vacantes
provisionales: Antes del día 5 de marzo de 2003; vacantes defi-
nitivas: Antes del día 8 de mayo de 2003.
Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Edu-
cativa e Inspectores de Educación. Vacantes provisionales: Antes
del día 5 de marzo de 2003; vacantes definitivas: Antes del día
8 de mayo de 2003.
Quinto.—Los concursos se resolverán, atendiendo a los bare-
mos de méritos, idénticos para las convocatorias de cada Cuerpo,
que se unen como anexos IV (Cuerpo de Maestros), V (Cuerpos
de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idio-
mas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño),
VI (Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escé-
nicas) y VII (Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Adminis-
tración Educativa e Inspectores de Educación).
En el caso de que se produjesen empates en el total de las
puntuaciones, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la
mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo con-
forme al orden en que aparecen en el mismo. Si persistiera el
empate, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos
subapartados por el orden igualmente en que aparecen en el bare-
mo. En ambos casos, la puntuación que se tome en consideración
en cada apartado no podrá exceder de la puntuación máxima esta-
blecida para cada uno de ellos en el baremo, ni, en el supuesto
de los subapartados, la que corresponda como máximo al apartado
en que se hallen incluidos. Cuando al aplicar estos criterios, alguno
o algunos de los subapartados alcance la máxima puntuación otor-
gada al apartado al que pertenece, no se tomarán en consideración
las puntuaciones del resto de subapartados. De resultar necesario,
se utilizarán como criterios de desempate el año en el que se
convocó el procedimiento selectivo a través del cual se ingresó
en el Cuerpo y la puntuación por la que resultó seleccionado.
Sexto.—La fecha de efectos de la resolución de las convocatorias
de estos concursos será la del 1 de septiembre de 2003.
No obstante, los Profesores que hayan obtenido destino en
estos concursos deberán permanecer en sus centros de origen,
cuando así se establezca por la Administración educativa de la
que dependan, hasta que concluyan las actividades imprescindi-
bles previstas para la finalización del curso.
Séptimo.—Corresponde a la Comisión de Personal de la Con-
ferencia Sectorial de Educación asegurar la debida coordinación
en la gestión de los procedimientos que se convoquen al amparo
de esta Orden. Las decisiones de esta Comisión, adoptadas por
mayoría, tendrán carácter vinculante.
Octavo.—Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus
competencias, adoptarán las medidas que estimen oportunas a
fin de asegurar la adecuada publicidad de las resoluciones pro-
visionales y definitivas de estos concursos, de acuerdo con lo que
dispongan al efecto las convocatorias de cada Administración edu-
cativa.
Noveno.—De conformidad con lo dispuesto en la disposición
organizaciones sindicales participarán en los procesos a que se
refiere la presente Orden a través de los órganos de participación
establecidos en las disposiciones vigentes aplicables en el ámbito
de cada Administración educativa y de acuerdo con lo que se
disponga en esas disposiciones.
Décimo.—La presente Orden entrará en vigor el día de su publi-
cación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente Orden, que es definitiva en la vía admi-
nistrativa, los interesados podrán interponer recurso contencio-
so-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo
11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris-
dicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgá-
nica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción
dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su
publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de
la citada Ley 29/1998.
Madrid, 1 de octubre de 2002.
DEL CASTILLO VERA
Ilmo. Sr. Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte.
35178 Viernes 4 octubre 2002 BOE núm. 238
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PARA EL CONCURSO NACIONAL DE TRASLADOS
DE MAESTROS 2002-2003 Y EN LOS PROCEDIMIENTOS PREVIOS AL MISMO
DATOS DE IDENTIFICACIÓN
PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
D.N.I. AÑO DE LA CONVOCAT ORIA PUNTUACIÓN OBTENIDA
POR LA QUE INGRESÓ EN EL PROCESO SELECTIVO ,
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
CALLE O PLAZA TELÉFONO
Y NÚMERO
LOCALIDAD CODIGO POST AL
A CUMPLIMENTAR POR TODOS LOS CONCURSANTES
Propietario Provisional o Temporal.
Localidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . .. . . . . Centro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Código de Centro
Propietario Definitivo
Localidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. ... ….. Centro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Código de Centro Especialidad
APARTADOS DE PARTICIPACIÓN
Indique con una X el apartado o apartados por los que concursa:
1 Procesos previos a determinar por cada Administración Educativa
2 Procesos previos a determinar por cada Administración Educativa
3 Procesos previos a determinar por cada Administración Educativa
4
5 Derecho preferente a localidad o zona
6 Concurso de Traslados
ESPACIO RESERVADO A LOS PROCESOS PREVIOS (VER NOTA NÚMERO 1)
A CUMPLIMENTAR SI PARTICIPA EN EL APARTADO 5.
Si se encuentra en alguno de los supuestos recogidos en la convocatoria, indique el apartado por el que ejerce el derecho preferente
(A,B,C,D,E, o F) que le es aplicable. APARTADO:
Marque con una X si se encuentra en el supuesto recogido en la disposición adicional décima del R.D. 2112/1998
Si ejerce el derecho preferente a Localidad, indique nombre y código de la misma
Localidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CODIGO LOCALIDAD:
(En caso de Madrid, consignar código de distrito)
Si además ejerce derecho preferente a otras localidades de la zona, indique el código de la misma.
CODIGO ZONA:
Indique por orden de preferencia, todas las especialidades en las que está habilitado y por las que debe ejercer este derecho.
C E 1 V I 2 3 4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
31 32 33 34 35 36 37 38 39 40

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