Orden de 20 de diciembre de 1988 por la que se incluyen determinados principios activos en la Lista ii anexa al Convenio de sustancias psicotrópicas de 1971.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Enero de 1989
MarginalBOE-A-1989-543
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Vistas las decisiones 6 (S-X) y 7 (S-X) de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas que fueron adoptadas en su sesión 994 a., celebrada en Viena el 8 de febrero de 1988 y comunicadas por el Secretario general de las Naciones Unidas el 15 de abril pasado, en virtud de los informes y recomendaciones recibidos de la Organización Mundial de la Salud, de incluir las sustancias posteriormente enumeradas en las listas anexas al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas, hecho en Viena el 21 de febrero de 1971 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 218, de fecha 10 de septiembre de 1976.

Visto lo dispuesto en el párrafo 7 del artículo 2.º de dicho Convenio, ratificado por España, y en virtud de las facultades conferidas por la disposición final del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer.

Primero.

Incluir en la lista II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, las sustancias:

Secobarbital, de fórmula ácido 5-alil-5-(1-metibutil) barbitúrico.

Racemato de metanfetamina, de fórmula (+) N, -dimetil-fenetilamina.

Segundo.

En el plazo de treinta días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Orden, las Entidades fabricantes, importadoras y exportadoras, distribuidoras o dispensadoras de las sustancias incluidas en la disposición primera de esta Orden, adecuarán sus actuaciones a las exigencias legales que...

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