Orden AAA/1328/2014, de 16 de julio, por la que se convocan Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, V edición, correspondientes al año 2014.

MarginalBOE-A-2014-7870
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece, en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden ARM/405/2010, de 23 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 49, de 25 de febrero de 2010, modificada por la Orden AAA/700/2013, de 18 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 102, de 29 de abril de 2013, establece las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales.

Mediante la presente orden, se convocan los premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, en su V edición, con finalidad de distinguir proyectos originales e innovadores, que apliquen modelos de negocio basados en la gestión sostenible de los recursos rurales que permitan explorar nuevos yacimientos de empleo o que respondan a las necesidades de las mujeres en el medio rural, con el fin de contribuir al desarrollo sostenible del medio rural, según lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden ARM/405/2010, de 23 de febrero.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.

Segundo. Candidaturas y requisitos.

  1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.

  2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a la que concurran.

    Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.

  3. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado. Dicho documento descriptivo en ningún caso podrá tener una extensión superior a 25 folios a una sola cara, a doble espacio con letra Times New Roman 12. Se deberá incluir al inicio de la documentación descriptiva, una tabla resumen con los siguientes datos generales: Nombre del proyecto, nombre de la persona física o jurídica candidata al premio, N.I.F. (, actividad, sector, año de inicio de la...

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