Orden ECD/1699/2013, de 11 de septiembre, por la que se convoca el Premio 'Velázquez' de las Artes Plásticas correspondiente al año 2013.

MarginalBOE-A-2013-9846
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Premio «Velázquez» de las Artes Plásticas es un galardón de carácter internacional que premia la totalidad de la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas, en cualesquiera de sus manifestaciones. Recompensa la meritoria labor del galardonado mediante la concesión de un premio dirigido a destacar su aportación sobresaliente a la cultura hispánica.

La Orden CUL/382/2009, de 17 de febrero por la que se establecen las bases reguladoras del Premio «Velázquez» de las Artes Plásticas prevé en su artículo segundo, que el mismo sea objeto de convocatoria anual.

En su virtud, y teniendo en cuenta las competencias y funciones conferidas al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, he resuelto:

Primero. Convocatoria.

Se convoca el Premio «Velázquez» de las Artes Plásticas correspondiente al año 2013, que se regulará por las bases establecidas en la Orden CUL/382/2009 de 17 de febrero y por la presente disposición.

Segundo. Dotación económica.

De acuerdo con lo previsto en el artículo sexto de la Orden CUL/382/2009 de 17 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio «Velázquez» de las Artes Plásticas, la dotación económica del mismo para 2013 será de 100.000 euros, que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.011.144.A.489.

Tercero. Ámbito territorial.

Podrán ser candidatos al Premio los nacionales de España y de los Estados que integran la Comunidad Iberoamericana de Naciones.

Cuarto. Presentación de candidaturas.

Podrán presentar candidaturas las Academias de Bellas Artes, los Museos de Arte Moderno y Contemporáneo, las asociaciones de críticos de arte, los autores premiados en anteriores convocatorias, los miembros del Jurado y otras instituciones que, por su naturaleza, fines o contenidos, estén vinculados a las artes plásticas en los Estados a los que se refiere el apartado tercero.

Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, acompañadas de una Memoria en la que consten los méritos de los artistas propuestos, así como de la documentación gráfica necesaria para el conocimiento y valoración de su obra; pudiendo presentarse a través de cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas...

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