Resolución de 3 de enero de 1995, de la Dirección General del Instituto Nacional de Servicios Sociales, por la que se establecen a tenor de lo preceptuado en la Orden de 7 de julio de 1989, del Ministerio de Asuntos Sociales, los precios plaza/día en los Centros Residenciales de Tercera Edad y Minusválidos con los que se realizan conciertos de reserva y ocupación de plazas.

MarginalBOE-A-1995-2127
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

La Orden de 7 de julio de 1989 del Ministerio de Asuntos Sociales por la que se regula la acción concertada del INSERSO, en materia de reserva y ocupación de plazas en Centros Residenciales para la Tercera Edad y Minusválidos establece la posibilidad de que los Centros residenciales puedan ofrecer plazas para su reserva y ocupación, previa firma del Concierto que se adjunta a la mencionada Orden.

La citada Orden establece, asimismo, en su artículo 4.º, 2 que las resoluciones en las que se fijan los precios de los conciertos determinarán el personal mínimo sanitario y de cuidado o atención personal del que deberán disponer los Centros.

Por su parte, el artículo 7.º determina que la Dirección General del INSERSO establecerá los tipos de coste plaza/día.

Por último, la disposición final primera faculta a la Dirección General del INSERSO para dictar las disposiciones necesarias para la interpretación y desarrollo de la misma.

Por todo ello, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, ha dictado las siguientes instrucciones:

Primera.-1. Los tipos de coste de plaza/día ocupada en los Centros con los que el INSERSO realice o haya realizado conciertos de reserva y ocupación de plazas, durante el año 1995, serán los siguientes:

  1. En Centros Residenciales para la Tercera Edad:

    1. Plazas de personas válidas: Entre 2.815 y 3.285 pesetas/día.

    2. Plazas de personas asistidas: Entre 5.180 y 5.600 pesetas/día.

  2. En Centros Residenciales para Minusválidos:

    1. Plazas de minusválidos psíquicos gravemente afectados: Entre 5.380 y 5.730 pesetas/día.

    2. Plazas en Centros ocupacionales: Entre 3.500 y 3.880 pesetas/día.

    3. Plazas de minusválidos físicos gravemente afectados: Entre 6.130 y 6.510 pesetas/día.

      La determinación del precio plaza/día en los conciertos que se celebren, se establecerá por la Dirección General del INSERSO atendiendo a los criterios siguientes: Valoración del inmueble, equipamiento del mismo, personal del que disponga y tipología de los...

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