Orden SPI/681/2011, de 28 de marzo, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.

MarginalBOE-A-2011-5716
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización, incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 1995, relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes. Este real decreto ha sido modificado en varias ocasiones, la última a través del Real Decreto1118/2007, de 24 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.

La Directiva 2010/69/UE de la Comisión, de 22 de octubre de 2010, por la que se modifican los anexos de la Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 1995, relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes, introduce cambios en la normativa aplicable a esta materia, al incluir nuevos aditivos y nuevos usos de aditivos ya autorizados en grupos de alimentos.

Esta orden, que se dicta al amparo de lo dispuesto en la disposición final primera del Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, que habilita a la Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del mismo, así como para la actualización de sus anexos para adaptarlos a las disposiciones de la Unión Europea, incorpora a nuestro ordenamiento jurídico las disposiciones de la mencionada Directiva 2010/69/UE, de la Comisión, de 22 de octubre de 2010.

En su tramitación han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla y oídos los sectores afectados, las asociaciones de consumidores y usuarios y ha emitido su preceptivo informe la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado,

DISPONGO:

Artículo único Modificación de los anexos del Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.

Los anexos II, III, IV, V y VI del Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización, se modifican de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I, II, III, IV y V, respectivamente, de esta orden.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Incorporación de derecho de la Unión Europea.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva 2010/69/UE de la Comisión, de 22 de octubre de 2010, por la que se modifican los anexos de la Directiva 95/2/CE del Parlamento y del Consejo, de 20 de febrero de 1995, relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes.

Disposición final segunda Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de marzo de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.

ANEXO I Modificación del Anexo II del Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero

Uno. El epígrafe «Preparados envasados de carne picada fresca» del apartado «Productos cárnicos» se sustituye por el texto siguiente:

«Preparados envasados de carne picada fresca E 261 Acetato potásico Quantum satis»
E 262i Acetato sódico
E 262ii Acetato ácido de sodio (diacetato sódico)
E 300 Ácido ascórbico
E 301 Ascorbato sódico
E 302 Ascorbato cálcico
E 325 Lactato sódico
E 326 Lactato potásico
E 330 Ácido cítrico
E 331 Citratos de sodio
E 332 Citratos de potasio
E 333 Citratos de calcio

Dos. En el apartado «Leche y productos lácteos» se añade la entrada siguiente:

«Productos lácteos sin aromatizantes fermentados por la acción de organismos vivos y sus sucedáneos con un contenido de grasas inferior al 20% E 406 Agar Quantum satis»
E 407 Carragenano
E 410 Goma garrofín
E 412 Goma guar
E 415 Goma xantana
E 440 Pectinas
E 460 Celulosa
E 466 Carboximetilcelulosa
E 471 Monoglicéridos y diglicéridos de ácidos grasos
E 1404 Almidón oxidado
E 1410 Fosfato de monoalmidón E 1412 Fosfato de dialmidón
E 1413 Fosfato fosfatado de dialmidón
E 1414 Fosfato acetilado de dialmidón
E 1420 Almidón acetilado
E 1422 Adipato acetilado de dialmidón
E 1440 Hidroxipropil almidón
E 1442 Fosfato de hidroxipropil almidón
E 1450 Octenil succinato sódico de almidón
E 1451 Almidón acetilado oxidado
ANEXO II Modificación del Anexo III del Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero

Uno. En la parte D se inserta, después del aditivo E-321, la entrada siguiente:

«E-392 Extractos de romero»

Dos. En el apartado «Aceites y grasas» se añade la entrada siguiente:

«Aceites vegetales (excepto aceites vírgenes y aceites de oliva) y grasas con un contenido de ácidos grasos poliinsaturados
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