Resolución de 2 de diciembre de 1982, de la Subsecretaría para la Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos y coadyuvantes tecnológicos para uso en la elaboración de cerveza.

MarginalBOE-A-1982-33734
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución

En base a lo establecido en el punto 2 del artículo 2. del Decreto 2519/1974, de 9 de agosto ( de 13 de septiembre), sobre la entrada en vigor, aplicación y desarrollo del Código Alimentario Español, y el artículo 1. del Real Decreto 2823/1981, de 27 de noviembre ( de 2 de diciembre), por el que se crea el Ministerio de Sanidad y Consumo, este organismo es el responsable de todo lo que afecta a los aditivos en relación con cada grupo de alimentos o productos de consumo humano, o para casos concretos o determinados.

Por tal motivo, y como complemento de la Reglamentación Técnico-Sanitaria pará la elaboración, circulación y comercio de la cerveza, cuyo nuevo texto revisado fue aprobado por Real Decreto 1456/1981, de 10 de abril ( de 20 de julio),

Esta Subsecretaría ha tenido a bien resolver:

Artículo 1 Queda aprobada la lista positiva de aditivos y coadyuvantes tecnológicos para uso en la elaboración de la cerveza, que figura incluida como anexo a esta Resolución.
Art. 2 La relación de aditivos y coadyuvantes tecnológicos contenidos en estas listas puede ser modificada por la Subsecretaría para la Sanidad en el caso de que posteriores conocimientos científicos o técnicos y/o conveniencias de la salud pública así lo aconsejen.
Art. 3 La Subsecretaría para la Sanidad aplicará los condicionamientos del principio de...

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