Resolución de 3 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, por la que se nombra Subdirector General de Construcción a don Manuel José Herrera Álvarez.

MarginalBOE-A-2010-2198
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

Anunciada por Orden FOM/3242/2009, de 16 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 1 de diciembre) convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de Subdirector General de Construcción en la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y previa observancia del procedimiento establecido en el título III, capítulo III, del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Secretaría de Estado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto:

  1. Adjudicar el puesto de trabajo de la referida convocatoria, relacionado en el anexo a la presente, al funcionario y en los términos que se expresan en el mismo. 2.º El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado. 3.º Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado), cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación (artículo 46.1 de la precitada Ley), o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del...

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