Real Decreto 1488/1981, de 10 de abril, por el que se declara de utilidad pública un nuevo parque de almacenamiento y distribución de productos petrolíferos, a constiutir en Vío, término municipal de La Coruña, por la «Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, S. A.» (CAMPSA).

MarginalBOE-A-1981-16494
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyReal Decreto
,Be:...
~O::...
~a~el;..;E~.=NiíDl.~:=:·:..·~17~4
.....:.
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'...:Z2:..!.:lu::l1~o:..·
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16494
16493
16495
BBSOWCION
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AudiencU¡
Nocional.
en
recurso
contencío~
odminlBlrativo
*'t.rpuesto
por
o1lS
NociOnal
'"
los
F~
/UpaflO/
.
Excmo.
Sr..
Pe
orden
del u:oelen_ aslIor MlnJstro
..
publica
para
cener&l oonoc:imiento 7cumPlimiento en sus pro-
p.1os
térmmos.
el
.tello
de
1&
,eentenci& dictada
~
feoha
'i2
de
octubre
de
1980,
por
1&
secciÓll
Cuarta.
de
1&
Audiencla
NacIonal
en
el recurso oontencioso-administrativo
número
~.171
y
acum'Y.-
.10008.
promovido
por
.Red
Nacional
de
los
Ferrocarriles
Espa-
iloles-,
sobre
Conflicto
Colectivo.
cuyo
pronunciamiento
ea
del
siguiente
tenor:
.,pa1JB.moo.
Que.
d
....
tlmando
Iae
MUS8/¡
de
tnadmisibil1dBd
opuestas
PCllr
1
..
"Red,
NacIoD8I1
de
loe
Ferrocarriles
ESlpaOoles",
anulamos
parcialmente
1&
resolución
del
Ministerio
de
TrabaJo
de
veinticinco
de
mtU'ZO,
de
mil
novecientos
setenta
y
s1~
por
no
ser
conforme aderecho
y'
declaramos
que
para
el"
calculo
de
las
haraa
ertraordin&ria.e y85'peciales
realizBdas
o
que
se
realicen
por
el
,Persona.l
de
la
"Red
Nac:1onal
de
los
F&I'rOCa-
rriles
Españoles'
,
se
tomará
como
"dividendo"
el
importe
anual
del
sueldo
base
'1
deméB
conceptos
,que se
han
v~do
compu~
tanda
en
los diBtin·tos periodos, incluYendo exPI'esament"e
la
pa.r~
te
oorroopondiente
a
106
domingos,
dfae
..
festivos
o
descanso.
compensatorios
de
los
mismos
yd1as vacac:i.onales, y
como
"di~
visor"
el
número
de
horas
de
la
jornada
diaria
legalmente
esta-
blecida
por
los
doscientos
ochenta. y
un
dias
da
tra.bajo
al
ailo,
que
resUlten
de
ded·uo1r
los
correspondientes ade6eatlS06; se-
manales,
festivos
no
recuperables
y_vacaciones
anuales
..
Deses-
Umamos
las
restantes
pretensiones
los
racursos
acumu~
dos; siD
expreso
pronunciamiento
sobre
eo&tae.a
Lo
que
digo
aV. E.
Dios
guarde
a
V.
E.
Madrid,
2
de
1un1o
de
1981.-El
Director
general,
JoSé A,n.to..
nio
Sánch3z
Velay.os,
Excmo..
Sr,
Seorotario
de
Estado
de
Empleo
y
RelactoMa
La-
boraleé.
MO
DE INDUSTRIA YENERGIA
REAL
DECRETO
148811981,
á.
la
de
abril.
por
01
que
ae
declara
deuWidad
pt4.bHca"
un
nuevo
par·
que
de
cilmacenamiento
y
distribución
de
produc-
tos
petrolí.feros, a
constrwr
en
Vto,
término
munwipal
.
de
La
Coruña,
por
la
.Compañla
.
ael
Monopolio
de
Petróleo8,
Sociedad
Anónima-
(CAMPSA).
1
....
Compe.:f\la.
Arrendataria
del
Monopolio
-de
petróleos,
So:..
cieddd
Anónima.- (CAMPSA).
con
dom,ic.ilio social
en
Madrid,
ha
inc:oado
expediente
en
la
Delegación
Provincial
del
Ministerio
de
lndusjria
y
Energia
en
La
Coruña,
solicitando
la
aprobación
del
proyecto
básico
para
construir
en
Vio, La
Coruña.
un
nuevo
·parque
de
almacenamiento
y
distribución
de
productos
petrolife-
ros,
y
la
declaración
de
utilidad
.pública
de
dicho
parque.
Como
consecuencia
del
crecimiento
urbano,
la
actual
subsi-.
diaria
de
CAMPSA.
en
La
Coruña,
ha
quedado
rodeada
de
inmueb:_
habitados,
y
el
acceso
&
la
misma
resulta
inad8'"
cuado.Ello
determina
que,
en
el
futuro,
tal
subsidiaria
debe
ser
desactivada
y
clausurada
por
CAMPSA, y
de
aqUÍ
1&
necQsidad
de
construir
el
nuevo
parque
en
Vio.
Además,
esto
forma
parte
del_
plan
de
CAMPSA
de
construir
Duevos
parques
y
ampliar
y
modernizar
los
existentes,
COD
objeto
de
aUmentar
1&
capaci-
dad
de
almacenamiento
de
produ~tos
petroUferos.
El
excelenti$imo
Ayuntamiento
de
La
Corufia
ha
considerado
idóneo
el
emplazamiento
del
futuro
parque,
en
-terrenos
Undantes
con
el
polígono
industrial
Pocomaco.
,
El
artículo
sesenta
punto
cuatro
del
texto
refundido
de
la
Ley
del
Tercer
Plan
de
Desarrollo
Eoonómico ySocial,
aprobado
por
Decreto
mil
quinientos
cuarenta
y
uno/mil
novecientos
se·
tent.a y
dos,
de
quince
de
Junio
hBoletin
Oficial
del.
Estado-
del
dieciséis).
establece
que
siempre
que
se
trate
de
alcanzar
un
grado
de
produptividad
suficiente.
el
Gobiet:no. a
propuesta
del
Ministerio
competente,
podrá
decretar.
con
carácter
excep-
cional.
a
favor
de
una
Empresa,
la
concesiOn
de
los
beneficios
I\Plicables a
las
industrias
de
interés
preferente.
Ademá,s
el
artículo
once
del
DE!creto
tres
mil
setscientos
noventa
V
uno/mil
novecientos
setenta
'1
dOl,
de
veintitrés
de
diciembre
('.Boletín
Oficial
del
EstadOa
de
veintidós
de
enero
de
mil
novecientoe
setenta
y
tres),
IObre
existencias
minimas
obligatoriae
de
productos
petrollferol,
declara
de
utilidad
pú-
blica
y
urgente
ocupación,
1&
expropiación
forzosa
e
imposición
de
servidumbre
de
108
bienes
y
derechoa
necesarios
para
1&
instalaciOn
de
108
depósitoe
..,
tanques
destinados
&
aumento
de
las
capacidad.
de
Almacenamiento
de
lo.
cruda.
'1.
productoe
petro11feroa
de
1aa
Empresaa
q,ue
lo
aoliCtten
medlan&e
la
pI'&-
Mntación
del
oportuno
anteproJ8Cto. as1 como
la
oonatnaociÓD.
de
nas
de
acceso,
conducciones
de
l1quidOl J
enereta
eléctrica"
oleoductos
'1
demás
obras
acoesorias,
El
proyecto
bésico
para
la
--oDnstruce1ón
del
Citado
JlllU'que
de
CAMPSA
fu,e
aprobado
_
Beeoluolán
de
lA
DI.-.x:lOQ
General
de
la
Energ1a,
de
veintiséis
de
noviembre
de
mil
nove-
clentos
ochenta,
y
1&
decls.raciOn
de
utiUdad
pública
de
tal·par:·
que,
se
estima
que
está
Justificada
porque
a
parUr
del
momento
en
.que
quede
desactivada
la
actual
subsidiaria
de
CAMPSA
en
La
Coruña,
será
este
parque
el
que
asegure
el
aprovisiona--
miento
de
productos
petrol1feros
de
la
zona.
En su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Industria
y
Energfa
.,
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
die.
diez
de
abr1l
de
mU
novecientos
ochenta
.,
uno,
DISPONGO.
Articulo
únlco,-De
oonformidad
con
10
p~venldo
en
el
ar·
ticulo
sesenta
punio
cuatro,
a),
del
texto
refundido
de
la
Ley
del
Plan
de DeS8JTOllo -EconómiCO ySOcial,
aprobado
por
De--
creta
mil
quinientos
cuarente. y
pno/mU
novecientos
setenta
y
dos,
de
quince
de
junto.
88·
concede
a
la
cCompaft.fa
Arrenda.-
taria
del
Monopolio
de
Petróleos,
S.
A.a
(CAMPSA>,
el
beneficio
de
expropiación
.forzosa,
previsto
en
el
articulo
tercero
de
la
~y
ciento
cincuenta
y
dOi/mU
novecientos
eesenta
.,
tres,
de
dos
de
diciembre,
para
la
construcci6n
de
un
nuevo
parque
de
almacenamiento
V
distribución
de
productos
petroUfer08
en
Vío,
término
municipal
de
La
C'!rutia.
declarándose
de
utilidad
pública
dichas
1D~talaciones.
Dado
.n
Madrid
a
diez
de
abril
de
mil
noveCienbOs
ochenta
y
uno._
JUAN
CARLOS
Ro
El
Ministro
de
IndUlltrla.
.,
Energla.,
IGNACIO BAYON MARINE
REAL
DECRETO 1489/1981,
iIf
la
de
(lbrll,
por
el
que
'e
declara
de
utilidad
pública
un
poliducto.
a
ipstalar
por
la
..
CompafUa.
Arrendataria
del
Mo-
nopolio
de
Petróleos. S.
A.-
(CAMPSA)
que
enlac_
Ia
refinerta
de
petróleos.
de
.,petroUbera
con_
un
nuevo
parque
de
almacenamiento
)'
distribución
de
producto.
petroltferos
el
constrUtr
tambiBn
por;
CAMPSA
en
Vio.
término
.munwipal
de
La Coruña.:
La
.compañia
Arrendataria
d~l
Monopolio
de
Petróleos,
So·
ciedad.
Anónima-
(CAMPSA),
con
domicilio
social
en
Madrid,
ha
tncoado
expediente
E!ll1
la
Delegación
ProvtnciaJ.
de
La
Conlfta
.
del
Ministerio
de
Industria
y
Energia.
solicitando
la
aprobaciOn
del
anteproyecto
para
instalar
un
poliducto
que
enlace
1&
refio:
nerla
de
petróleos
de
.Petrolfber"
con
un
nuevo
parque
de
almacenamiento
y
distribución
de
productos
petro11feros, a
construir
por
CAMPSA,
en
Vío. La
Coruda.
El
poliducto
es
para
transportar
gasolinp.s,
querosenos,
gasóleos
'1
fuel-oUs.
El
articulo
se~enta
punto
cuatro
del
texto
refundido
de
1&
Ley
del
Tercer
Plan
de
DesaITollo EconOmico V
Social,
aprobado
por
Decreto
mil
quinientos
-cuarenta.
'1
.uno/mil
noveciento.
setenta
ydos,
de
'quince
de
Junio
(.Boletín
Oficial
del
Estado-
del
dieciséis).
establece
que.
siempre
que
se
·trate
de
alcanzar
un
grado
de
productividad
suficiente.
el
Gobierno.
a
propuesta
del
Ministerio
COmpetente.,
podrá
decretar,
con
caricter
8Xcep--
ciana!,
a
favor
de
una
Empresa,
la
concesión
de
108
beneficio'
aplicables
alaS
industrias
de
interés
preferente.
AdemáS,
el
articulo'
once
del
Decreto
tres
mil
seiscientos
noventa
y
uno/mil
nov&c1entos
setenta
ydos. de
veintitrés
de
diciembre
(.Boletín
Oficial
del
Estado-
del
veíntidós
de
enero
de
mil
novecientos.
setenta
y
tres).
sobre
existencias
mínimal
ob:igatori
..
de
proauctoe
petrolíferos.
deolara
de
utlllded
públl-.
Da· Y
urgente
ocupa.c16n
la
expropiación
fOf'1X)68,
e
tmpos1ciáD.
de
servidumbre
de
los
bienes
y
derechos
necesarios
para
1&
instala,.
<:ion>
de
los
depOsitos y
tanques
destinados
al
aumento
de
1&1
capacidades
de
almacenamiento
de
los
crudos
Y
productos
petro~
lfferos.
de
las
Empresas
que
10
soliciten
mediante
la
presente,.
dOn
del
oportuno
anteproyecto,
asi
como
·la
construcción
de
víaa
de
acceso.
conducciones
de
líquidos
y
energia
eléctrica,
olel)-
ductos
y
demás
obraa
accesorias.
El
anteproyecto
del
poUducto
fue
aprobado
por
Resoluci6n
de
la
Dirección
General
de
la
Energia
de
cinco
de
diciembre
de
mil
novecientos
och.enta.
'1
la
declaración
de
utilidad
pública
8e
estima
que
está
justificada
porque
el
volumen
de
productos
petrol1fe1"06
que,
mediante
el. poUducto.
ea
podr(m
trans'POñ8I'
el
ado,
es
de
dos
millones
de
metros
cúbicos,
resultando
para
ello
el
oleoducto
la
mejor
modalidad.
de
transporte.
En
su
virtud,
a-
propuesta
dEll
Ministro
de
Industrie.
'1
Energia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
d1a
diez
de
ábr1l ·de
mil
novecientos
ochenta
'1
uno.
DISPONGO.
Articulo
prlmuo.-D&
conformidad
con
10
preventdo
.en
el
arUculo
sesenta
punto
cuatro,
al.
del
texto
refundido
de
la
Ley,
del PIaD do Desarrollo Económloo ySocIal. aprobado _
De-

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