Orden SCO/3508/2006, de 10 de noviembre, por la que se modifican los Anexos del Real Decreto 118/2003, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Noviembre de 2006
MarginalBOE-A-2006-19921
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Las sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos se encuentran recogidas en el Real Decreto 118/2003, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo. Este real decreto, modificado por última vez mediante el Real Decreto 1262/2005, de 21 de octubre, incorpora a nuestro ordenamiento jurídico, entre otras, la Directiva 2002/72/CE, de 6 de agosto de 2002, relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios.

Recientemente, la Directiva 2005/79/CE de la Comisión, de 18 de noviembre de 2005, por la que se modifica la Directiva 2002/72/CE relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios, introduce cambios en los anexos II, III, V y VI de la Directiva 2002/72/CE, tras la evaluación del riesgo efectuada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) de determinados monómeros y otras sustancias de partida y de aditivos que pueden utilizarse en la fabricación de materiales y objetos plásticos.

Especial mención requiere el aceite de soja epoxidado, que figura con el número PM/REF 88640 en la sección A del anexo V del Real Decreto 118/2003, de 31 de enero. La EFSA recomendó reducir su límite de migración específico (LME) en las juntas de PVC que contengan dicha sustancia y se utilicen para sellar tarros de cristal con preparados para lactantes y preparados de continuación o con alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad. De hecho, la EFSA señaló la posibilidad de que la exposición de los lactantes que toman regularmente este tipo de alimentos supere la ingesta diaria tolerable. Por tanto, el LME para el aceite de soja epoxidado se redujo para estas aplicaciones particulares de 60...

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