Orden APA/2820/2005, de 5 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de perfeccionamiento profesional para titulados superiores en el área de pesca marítima.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Septiembre de 2005
MarginalBOE-A-2005-15220
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/2820/2005, de 5 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de perfeccionamiento profesional para titulados superiores en el área de pesca marítima.

La constante evolución de la actividad pesquera, realizada conforme a las directrices de la política común pesquera, hace necesaria una continua modernización en los medios materiales, técnicos y humanos del sector pesquero español.

En este sentido, España se sitúa a la cabeza en la elaboración de estudios sobre las distintas áreas que componen la actividad pesquera tales como la aplicación de las nuevas tecnologías, la situación de los recursos pesqueros o el respeto al medio ambiente, tanto en el marco internacional como en el comunitario.

Asimismo cabe destacar la amplia tradición de nuestro país en la negociación y suscripción de acuerdos comerciales y de pesca con terceros países.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación considera que en dichas actividades de análisis y estudio realizadas por el sector pesquero, es indispensable contar con personal capacitado.

Con este fin, mediante la presente Orden se regulan las bases para la concesión becas de perfeccionamiento profesional en las distintas áreas de la pesca marítima.

La finalidad de dichas becas es formar profesionalmente a los beneficiarios para que se especialicen en cuestiones tales como análisis de stocks, gestión de los recursos, cuestiones medioambientales, industria de transformación y comercialización pesquera, situación de los caladeros, tanto en los aspectos técnicos como jurídicos.

Dicha formación se realizará a través de un programa de tutorías en las distintas unidades de la Secretaría General de Pesca Marítima.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto la formación de especialistas en materias relacionadas con la pesca marítima, para lo cual se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de perfeccionamiento técnico-profesional para titulados superiores.

  2. Las becas convocadas se desarrollarán mediante un programa de tutorías realizadas en la Secretaría General de Pesca Marítima, que incluye una fase formativa, así como el estudio técnico, práctico o jurídico de las áreas que afectan a las estructuras pesqueras, comercialización de los productos de la pesca y los recursos pesqueros.

  3. Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección de un tutor quien definirá las tareas a realizar 4. El disfrute de estas becas no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Artículo 2 Beneficiarios.

Para optar a las becas los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea y residir en España en el momento de incorporarse a la beca.

  2. Estar en posesión del título de doctor, licenciado o ingeniero, expedido, o en condiciones de obtenerlo, hasta la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, por las Instituciones académicas españolas u homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia.

  3. No incurrir en ninguna de las causas inhabilitantes previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

  4. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida la...

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