Orden APA/225/2007, de 26 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de perfeccionamiento profesional para titulados superiores en el área de sanidad animal.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Febrero de 2007
MarginalBOE-A-2007-2645
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Dirección General de Ganadería es la unidad que ejerce las competencias del Departamento en materia de ganadería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1 del Real Decreto 1417/2004, de 11 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La constante evolución de la actividad ganadera, realizada conforme a las directrices de la política agraria común, hace necesaria una continua modernización en los medios materiales, técnicos y humanos del sector ganadero español. En este sentido, España es uno de los países de la Unión Europea con un sector ganadero más importante y cada vez más tecnificado y profesionalizado.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación considera que ello hace indispensable contar con personal adecuadamente capacitado.

Con este fin, mediante la presente orden se regulan las bases para la concesión de becas de perfeccionamiento profesional con la finalidad de formar profesionalmente a los beneficiarios para que se especialicen en las distintas áreas de actuación de sanidad animal, como enfermedades, técnicas de laboratorio, identificación animal, bienestar animal u otras.

Dicha formación se realizará a través de un programa de tutorías.

En la tramitación de esta orden han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Mediante la presente orden se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de un máximo de diez becas de perfeccionamiento técnico-profesional para titulados superiores, en el ámbito de sanidad animal.

Artículo 2 Objeto de las becas.
  1. Las becas convocadas se desarrollarán mediante un programa de tutorías realizadas en la Dirección General de Ganadería, que incluye una fase teórica de un mes mínimo de duración, así como una fase práctica consistente en el estudio o realización de actuaciones técnicas, dentro de las áreas específicas de sanidad animal, incluida la epidemiología de las enfermedades de los animales, tanto zoonóticas como no transmisibles al ser humano, su etiología, prevención, control, vigilancia o erradicación, influencia o relevancia en la producción ganadera y en las exportaciones, genética y nutrición animal, protección de los animales, higiene y manejo de las explotaciones ganaderas o técnicas de laboratorio, como la toma y acondicionamiento de muestras, transporte, serotipado y genotipado.

  2. Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección de un tutor quien definirá las tareas a realizar

  3. El disfrute de estas becas no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Artículo 3 Beneficiarios.

Para optar a las becas los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea y residir en España en el momento de empezar a disfrutar la beca.

  2. Estar en posesión del título de doctor o licenciado en veterinaria, ciencias biológicas, ciencia y tecnología de los alimentos o de doctor o ingeniero agrónomo, expedido, o en condiciones de obtenerlo a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, por las Instituciones académicas españolas u homologado o reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

    Los solicitantes extranjeros, deberán, asimismo, acreditar conocimientos de castellano, lo que deberá justificarse documentalmente en el momento de presentar la solicitud mediante el título oficial correspondiente expedido por el Instituto Cervantes. En su defecto, se verificará el conocimiento y nivel suficiente de castellano en un examen escrito y en una entrevista personal antes de que el beneficiario empiece a disfrutar la beca.

  3. No incurrir en ninguna de las...

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